Guía laboral · actualizada con la Reforma Laboral de 2025
Trabajadores de plataformas de reparto: sus derechos
Los trabajadores de plataformas de reparto en Colombia tienen derechos específicos según la Ley 2466 de 2025. Esta ley define las modalidades de trabajo, ya sea como dependientes o independientes, y establece obligaciones para las empresas de plataformas digitales. Los trabajadores deben ser informados claramente sobre su modalidad de trabajo y tienen derechos en cuanto a seguridad social y supervisión de sistemas automatizados.
- Las empresas deben informar claramente la modalidad de trabajo (Art. 25).
- Las cotizaciones a seguridad social para independientes son 60% empresa y 40% trabajador (Art. 27).
- No se pueden pactar cláusulas de exclusividad para trabajadores independientes (Art. 25).
- Las empresas deben registrar su inscripción ante el Ministerio del Trabajo (Art. 28).
Modalidades de trabajo
Los trabajadores pueden ser dependientes o independientes. Las empresas deben informar claramente la modalidad de trabajo (Art. 25).
Seguridad social
Para trabajadores independientes, la empresa paga el 60% de los aportes a salud y pensión, y cubre riesgos laborales (Art. 27).
Registro de empresas
Las empresas deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo y reportar trimestralmente el número de trabajadores (Art. 28).
Supervisión automatizada
Las empresas deben informar sobre los sistemas automatizados que afectan las condiciones de trabajo (Art. 29).
Revisión humana
Los trabajadores pueden solicitar revisión humana de decisiones automatizadas que afecten sus condiciones laborales (Art. 30).
Qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025)
- Definición clara de modalidades de trabajo y obligaciones de las empresas (Art. 24, 25).
- Participación de las empresas en aportes a seguridad social para independientes (Art. 27).
- Obligación de registro de empresas ante el Ministerio del Trabajo (Art. 28).
Confusiones frecuentes
- Confundir la modalidad de trabajo con la relación contractual.
- Creer que los trabajadores independientes no tienen derecho a seguridad social.
- Pensar que las empresas no deben informar sobre sistemas automatizados.
- Asumir que las empresas no necesitan registrarse ante el Ministerio del Trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Qué modalidades de trabajo existen para los repartidores?
Los repartidores pueden trabajar como dependientes y subordinados o como independientes y autónomos. Las empresas deben informar claramente la modalidad de trabajo a los trabajadores (Art. 25).
¿Cómo se manejan los aportes a seguridad social para trabajadores independientes?
Las empresas deben cubrir el 60% de los aportes a salud y pensión, mientras que el trabajador cubre el 40%. Además, la empresa cubre los riesgos laborales (Art. 27).
¿Qué deben hacer las empresas respecto al registro ante el Ministerio del Trabajo?
Las empresas deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo y reportar trimestralmente el número de trabajadores activos en la plataforma (Art. 28).
¿Qué derechos tienen los trabajadores sobre decisiones automatizadas?
Los trabajadores pueden solicitar una revisión humana de cualquier decisión automatizada que afecte sus condiciones laborales, garantizando así una evaluación justa (Art. 30).
¿Pueden las empresas imponer cláusulas de exclusividad a los trabajadores independientes?
No, las empresas no pueden imponer cláusulas de exclusividad a los trabajadores independientes, garantizando así su derecho al descanso y a trabajar con otras plataformas (Art. 25).