Guía laboral · actualizada con la Reforma Laboral de 2025

Trabajo en domingos y festivos: recargo y descanso

En Colombia, trabajar en domingos y festivos implica un recargo sobre el salario ordinario. La Ley 2466 de 2025 establece un aumento gradual del recargo por trabajar en días de descanso obligatorio. Actualmente, el recargo es del 90% y se aplicará el 100% a partir de julio de 2027. Además, los trabajadores tienen derecho a un descanso compensatorio o a una retribución en dinero, según su elección.

  • El recargo actual por trabajar en días de descanso obligatorio es del 90% (Ley 2466 de 2025, Art. 14).
  • El descanso dominical remunerado es obligatorio para todos los trabajadores (Art. 172).
  • El trabajo en días festivos se remunera igual que el descanso dominical (Art. 177).
  • El trabajo dominical es ocasional si se labora hasta dos domingos al mes (Art. 179).

Recargo por trabajo en días de descanso

El recargo por trabajar en días de descanso obligatorio es del 90% desde julio de 2026, y será del 100% desde julio de 2027 (Ley 2466 de 2025, Art. 14).

Descanso dominical remunerado

El empleador debe otorgar un descanso dominical remunerado de 24 horas a todos los trabajadores (Art. 172).

Trabajo en días festivos

El trabajo en días festivos se remunera con el mismo recargo que el descanso dominical, sin descuentos por faltas (Art. 177).

Descanso compensatorio

El trabajador que labora en su día de descanso obligatorio puede elegir entre un descanso compensatorio remunerado o una retribución en dinero (Art. 180).

Qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025)

  • La Ley 2466 de 2025 incrementó gradualmente el recargo por trabajar en días de descanso obligatorio, alcanzando el 100% en 2027 (Art. 14).

Confusiones frecuentes

  • Confundir el recargo del 75% anterior con el actual del 90%.
  • Pensar que el descanso dominical no es obligatorio.
  • Creer que el trabajo en días festivos no tiene recargo.
  • Suponer que el descanso compensatorio es opcional para el empleador.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el recargo actual por trabajar en domingos?

El recargo actual por trabajar en domingos y días de descanso obligatorio es del 90%, según la Ley 2466 de 2025, artículo 14. Este recargo se incrementará al 100% a partir de julio de 2027.

¿Qué derechos tengo si trabajo un festivo?

Si trabajas un festivo, tienes derecho a un recargo del 90% sobre tu salario ordinario y a un descanso compensatorio o retribución en dinero, según el artículo 180 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Qué es el descanso dominical remunerado?

El descanso dominical remunerado es un derecho que obliga al empleador a otorgar un día de descanso de 24 horas, pagado con el salario ordinario, a todos los trabajadores, según el artículo 172 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Cómo se define el trabajo dominical habitual?

El trabajo dominical se considera habitual cuando el trabajador labora tres o más domingos durante el mes calendario, según el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Puedo elegir mi día de descanso?

Sí, puedes acordar con tu empleador que tu día de descanso sea distinto al domingo. Si no se especifica en el contrato, se presume que el domingo es el día de descanso obligatorio, según el artículo 14 de la Ley 2466 de 2025.

Normas en las que se basa esta guía

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