Reforma Laboral · Ley 2466 de 2025

Artículo 29 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral)

Transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones

¿Qué dice el artículo 29?

El artículo 29 establece que las empresas de plataformas digitales de reparto deben informar a los trabajadores sobre los sistemas automatizados que supervisan y toman decisiones que afectan sus condiciones laborales. La información debe ser clara y accesible. Además, el tratamiento de datos personales debe estar autorizado por los trabajadores y presentarse de manera comprensible.

  • Empresas deben informar sobre sistemas automatizados.
  • Información debe ser clara y accesible.
  • Datos personales solo se tratan con autorización.
  • Aplica a trabajadores de plataformas de reparto.

Ejemplos

  • Un repartidor de comida recibe información sobre cómo un algoritmo decide qué pedidos asignarle.
  • Una empresa de reparto informa a sus trabajadores sobre el sistema que evalúa su desempeño.
  • Un trabajador revisa la autorización de tratamiento de sus datos personales en la plataforma.

Texto oficial del artículo 29

Artículo 29. Transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones. Las empresas de plataformas digitales de reparto deberán informar a los trabajadores y trabajadoras digitales sobre:

a) Los sistemas automatizados de supervisión que se utilizan para hacer un seguimiento, supervisar o evaluar la ejecución del servicio prestado por los trabajadores y trabajadoras digitales en servicios de reparto;

b) Los sistemas automatizados que se utilicen para tomar o apoyar decisiones que afecten las condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras digitales en servicios de reparto, en particular su acceso a los pedidos, sus ingresos, su seguridad y salud en el trabajo durante la prestación de los servicios, su tiempo de trabajo efectivo, su promoción y su situación contractual, incluida la restricción, suspensión o cancelación de su cuenta en la plata- forma digital de reparto.

Las empresas de plataformas digitales de reparto entregarán esta información en un documento que podrá estar en formato electrónico en forma concisa, transparente, inteligible y fácilmente accesible, utilizando un lenguaje claro y sencillo.

Las empresas de plataformas digitales de reparto solamente tratarán datos personales de los trabajadores y trabajadoras digitales en servicios de reparto para finalidades que estén contempladas en la autorización de tratamiento de datos personales aceptada por el trabajador o trabajadora digital, la cual debe ser presentada por las empresas de plataformas digitales de reparto en forma concisa, transparente, inteligible y fácilmente accesible, utilizando un lenguaje claro y sencillo.

Fuente: Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué información deben darme sobre los sistemas automatizados?

Las empresas deben informarte sobre los sistemas que supervisan tu trabajo y toman decisiones que afectan tus condiciones laborales, como acceso a pedidos, ingresos y seguridad.

¿Cómo deben presentarme la información sobre mis datos personales?

La información sobre el tratamiento de tus datos personales debe ser presentada de manera concisa, transparente, inteligible y fácilmente accesible, usando un lenguaje claro y sencillo.

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