Guía práctica

Cómo presentar descargos u objetar un comparendo del Código de Policía

Si te imponen un comparendo por un comportamiento contrario a la convivencia, puedes expresar tu inconformidad ante la autoridad competente. Tienes plazos específicos para hacerlo y opciones como el pago con descuento o la participación en programas comunitarios. Aquí te explicamos los pasos a seguir, los plazos y los errores comunes que debes evitar.

Cuándo sirve

  • Cuando recibes un comparendo por un comportamiento contrario a la convivencia.
  • Si no estás de acuerdo con la multa impuesta.
  • Cuando deseas optar por un programa comunitario en lugar de pagar la multa.

Paso a paso

  1. Recibe el comparendo. El personal uniformado de la Policía te entrega un documento oficial que contiene la orden de comparendo. (Artículo 218)
  2. Expresa tu inconformidad. Preséntate ante la autoridad competente dentro de los tres días hábiles siguientes para objetar la medida. (Artículo 180)
  3. Solicita audiencia. La autoridad citará a audiencia pública si no es posible resolver de inmediato. (Artículo 223)
  4. Presenta pruebas. Durante la audiencia, presenta tus argumentos y pruebas en un tiempo máximo de veinte minutos. (Artículo 223)
  5. Decisión de la autoridad. La autoridad valorará las pruebas y dictará la orden de Policía o medida correctiva. (Artículo 223)

Plazos

  • Descuento por pronto pago: cinco días hábiles desde la expedición del comparendo. (Artículo 180)
  • Expresar inconformidad: tres días hábiles desde la expedición del comparendo. (Artículo 180)
  • Citación a audiencia: cinco días siguientes de conocida la querella. (Artículo 223)

Qué debe llevar

  • Copia del comparendo recibido.
  • Escrito de inconformidad con argumentos claros.
  • Pruebas que sustenten tu posición.

Errores comunes

  • No presentar la inconformidad dentro de los plazos establecidos.
  • No asistir a la audiencia pública citada.
  • No presentar pruebas suficientes durante la audiencia.
  • No solicitar el descuento por pronto pago a tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una orden de comparendo?

Es un documento oficial entregado por la Policía que te ordena presentarte ante una autoridad de Policía o cumplir una medida correctiva. (Artículo 218)

¿Cómo puedo obtener un descuento en la multa?

Puedes obtener un descuento del 50% si pagas la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición del comparendo. (Artículo 180)

¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la multa?

Debes presentarte ante la autoridad competente dentro de los tres días hábiles siguientes para objetar la medida. (Artículo 180)

¿Puedo cambiar la multa por un programa comunitario?

Sí, puedes solicitar la conmutación de la multa por un programa comunitario dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición del comparendo, para multas tipo 1 y 2. (Artículo 180)

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