Guía laboral · actualizada con la Reforma Laboral de 2025

Contrato a término fijo: duración, renovación y preaviso

El contrato a término fijo en Colombia debe ser por escrito y puede durar hasta cuatro años. La renovación puede ser pactada o automática, pero no debe exceder el límite de cuatro años. El preaviso de no renovación debe darse con al menos 30 días de anticipación. La Ley 2466 de 2025 introdujo cambios importantes en la duración y renovación de estos contratos.

  • Duración máxima de cuatro años (Ley 2466 de 2025, artículo 6).
  • Preaviso de no renovación con 30 días de anticipación (Ley 2466 de 2025, artículo 6).
  • Prórroga automática por el mismo término si no hay preaviso (Ley 2466 de 2025, artículo 6).
  • Cuarta prórroga automática debe ser por un año si el contrato es inferior a un año (Ley 2466 de 2025, artículo 6).

Duración del contrato

El contrato a término fijo puede durar hasta cuatro años. Debe celebrarse por escrito para ser válido. (Ley 2466 de 2025, artículo 6)

Renovación del contrato

La renovación puede ser pactada o automática. En ambos casos, no debe exceder el límite de cuatro años. (Ley 2466 de 2025, artículo 6)

Preaviso de no renovación

Debe darse con al menos 30 días de anticipación si no se desea renovar el contrato. (Ley 2466 de 2025, artículo 6)

Prórroga automática

Si no hay preaviso, el contrato se renueva automáticamente por el mismo término. (Ley 2466 de 2025, artículo 6)

Qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025)

  • Duración máxima del contrato aumentada a cuatro años (Ley 2466 de 2025, artículo 6).
  • Limitación en la renovación indefinida de contratos (Ley 2466 de 2025, artículo 6).

Confusiones frecuentes

  • Creer que el contrato puede renovarse indefinidamente.
  • No dar el preaviso de 30 días y esperar que el contrato no se renueve.
  • Pensar que la duración máxima sigue siendo tres años.
  • Confundir la prórroga automática con una renovación indefinida.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la duración máxima de un contrato a término fijo?

La duración máxima de un contrato a término fijo es de cuatro años, según la Ley 2466 de 2025. Este límite se aplica a partir de la entrada en vigencia de la ley.

¿Cómo se renueva automáticamente un contrato a término fijo?

Si ninguna de las partes da un preaviso de 30 días antes del vencimiento, el contrato se renueva automáticamente por el mismo término pactado inicialmente.

¿Qué sucede si el contrato es inferior a un año?

Puede prorrogarse varias veces, pero después de la cuarta prórroga, debe renovarse por al menos un año.

¿Es necesario que el contrato a término fijo sea por escrito?

Sí, el contrato a término fijo debe celebrarse por escrito para ser válido, según lo establece la Ley 2466 de 2025.

Normas en las que se basa esta guía

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