Guía laboral · actualizada con la Reforma Laboral de 2025
Prescripción laboral: cuánto tiempo tienes para reclamar
En Colombia, los derechos laborales prescriben en un plazo de tres años desde que la obligación se hace exigible. Esto significa que tienes tres años para reclamar cualquier derecho laboral que consideres vulnerado. La Ley 2466 de 2025 reafirma este plazo, pero es importante conocer las particularidades de cada caso y cómo la prescripción puede ser interrumpida. Entender estos aspectos te ayudará a proteger tus derechos laborales de manera efectiva.
- Los derechos laborales prescriben en tres años desde que la obligación es exigible (Artículo 488).
- La prescripción puede interrumpirse con un reclamo escrito al empleador (Artículo 489).
- El plazo de prescripción se reinicia tras un reclamo escrito (Artículo 489).
- La Ley 2466 de 2025 no modificó el plazo general de prescripción (Artículo 62).
Plazo de prescripción
Los derechos laborales prescriben en tres años desde que la obligación se hace exigible, según el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo.
Interrupción de la prescripción
Un reclamo escrito al empleador interrumpe la prescripción por una sola vez, reiniciando el plazo de tres años (Artículo 489).
Reclamos escritos
El reclamo debe ser por un derecho debidamente determinado y recibido por el empleador para interrumpir la prescripción (Artículo 489).
Qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025)
- La Ley 2466 de 2025 reafirma el plazo de prescripción de tres años y aclara su aplicación en derechos laborales (Artículo 62).
Confusiones frecuentes
- Pensar que el plazo de prescripción es menor a tres años.
- Creer que la prescripción no puede interrumpirse.
- Confundir el inicio del plazo de prescripción con la fecha de terminación del contrato laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza a contar el plazo de prescripción?
El plazo de prescripción comienza a contar desde que la obligación se hace exigible, es decir, desde el momento en que el derecho puede ser reclamado legalmente (Artículo 488).
¿Cómo se interrumpe la prescripción?
La prescripción se interrumpe mediante un reclamo escrito del trabajador al empleador sobre un derecho específico, lo cual reinicia el plazo de prescripción (Artículo 489).
¿La reforma de 2025 cambió el plazo de prescripción?
No, la reforma de 2025 no cambió el plazo de prescripción de tres años, pero aclaró su aplicación en derechos laborales (Artículo 62).
¿Qué pasa si no reclamo dentro del plazo?
Si no reclamas dentro del plazo de tres años, el derecho prescribe y ya no podrás exigirlo legalmente (Artículo 488).