Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 52 del Código Sustantivo del Trabajo

REANUDACION DEL TRABAJO

¿Qué dice el artículo 52?

El artículo establece que, una vez desaparecidas las causas que suspendieron temporalmente el trabajo, el empleador debe notificar a los trabajadores sobre la fecha de reanudación. Esta notificación puede ser personal o a través de avisos en un periódico local. Los trabajadores tienen tres días para presentarse a sus labores anteriores tras la notificación.

  • El empleador debe avisar la reanudación del trabajo.
  • La notificación puede ser personal o por aviso en periódico.
  • Los trabajadores tienen tres días para regresar a sus labores.
  • Aplica en casos de suspensión temporal del trabajo.

Ejemplos

  • Un restaurante que cierra temporalmente por renovación y debe avisar a sus empleados cuando reabre.
  • Una fábrica que detiene su producción por mantenimiento y notifica a sus trabajadores la fecha de reanudación.

Texto oficial del artículo 52

ARTICULO 52. REANUDACION DEL TRABAJO. Desaparecidas las causas de la suspensión temporal del trabajo, el {empleador} debe avisar a los trabajadores, en los casos de que tratan los tres (3) primeros ordinales del artículo anterior, la fecha de la reanudación del trabajo, mediante notificación personal o avisos publicados no menos de dos veces en un periódico de la localidad, y debe admitir a sus ocupaciones anteriores a todos los trabajadores que se presenten dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación o aviso.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si no recibo la notificación de reanudación?

Si no recibes la notificación, es recomendable que te acerques a tu empleador o consultes en el lugar de trabajo. Tienes derecho a ser informado sobre la fecha de reanudación y puedes presentarte a trabajar dentro de los tres días siguientes a la notificación.

¿Qué pasa si no me presento a trabajar después de la reanudación?

Si no te presentas a trabajar después de la reanudación, podrías estar en riesgo de perder tu empleo. Es importante que estés atento a la notificación y regreses a tus labores dentro del plazo establecido.

Artículos relacionados (Capitulo iv. modalidades del contrato.)

Pregúntale a Chat Colombia

¿Tienes una duda sobre tu caso? Escríbela con tus palabras en la app y te respondemos con el artículo y la fuente oficial.

Información general basada en el texto oficial de la norma. No reemplaza la asesoría de un abogado. Chat Colombia es una aplicación independiente y no está afiliada a ninguna entidad del Gobierno de Colombia. Actualizado el 2026-11-02.