Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 139 del Código Sustantivo del Trabajo

A QUIEN SE HACE EL PAGO

¿Qué dice el artículo 139?

El artículo establece que el salario debe ser pagado directamente al trabajador o a una persona que este autorice por escrito. Esto garantiza que el trabajador reciba su remuneración de manera directa y segura, evitando intermediarios no autorizados. Aplica a todos los trabajadores que tengan derecho a recibir un salario por su labor.

  • El salario se paga directamente al trabajador.
  • El trabajador puede autorizar a otra persona por escrito.
  • Se busca proteger los derechos del trabajador en el pago de su salario.

Ejemplos

  • Un empleado de una empresa que recibe su salario en su cuenta bancaria.
  • Un trabajador que autoriza a su esposa a recoger su salario en efectivo en la oficina de pagos.

Texto oficial del artículo 139

ARTICULO 139. A QUIEN SE HACE EL PAGO. El salario se paga directamente al trabajador o a la persona que él autorice por escrito.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo autorizar a alguien más para que reciba mi salario?

Sí, puedes autorizar a otra persona para que reciba tu salario, pero debe ser por escrito. Esto asegura que el pago se realice de manera correcta y que la persona autorizada tenga el respaldo necesario para recibir tu dinero.

¿Qué pasa si no recibo mi salario directamente?

Si no recibes tu salario directamente, es importante que verifiques si hay una autorización escrita para que otra persona lo reciba. Si no hay autorización, debes hablar con tu empleador para que te paguen directamente a ti.

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