Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 130 del Código Sustantivo del Trabajo
VIATICOS
¿Qué dice el artículo 130?
El artículo 130 establece que los viáticos permanentes son considerados salario en la parte destinada a la manutención y alojamiento del trabajador, mientras que los viáticos accidentales no constituyen salario. Se debe especificar el valor de cada concepto cuando se paguen viáticos permanentes. Esto aplica a trabajadores que reciben viáticos por su labor.
- Los viáticos permanentes incluyen manutención y alojamiento.
- Los viáticos accidentales no son considerados salario.
- Es necesario especificar los valores de los viáticos pagados.
Ejemplos
- Un trabajador que viaja por trabajo y recibe dinero para comida y hospedaje.
- Un empleado que asiste a una reunión ocasional y recibe un reembolso por transporte.
Texto oficial del artículo 130
ARTICULO 130. VIATICOS.
Los viáticos permanentes constituyen salario en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no en lo que sólo tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación.
Siempre que se paguen debe especificarse el valor de cada uno de estos conceptos.
Los viáticos accidentales no constituyen salario en ningún caso. Son viáticos accidentales aquéllos que sólo se dan con motivo de un requerimiento extraordinario, no habitual o poco frecuente.
(Modificado por el Art. 17 del Ley 50 de 1990)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los viáticos permanentes?
Los viáticos permanentes son aquellos pagos que se hacen a un trabajador para cubrir su manutención y alojamiento durante el desempeño de sus funciones. Esta parte de los viáticos se considera salario.
¿Los viáticos accidentales se consideran salario?
No, los viáticos accidentales, que son aquellos que se otorgan por situaciones extraordinarias y no habituales, no constituyen salario en ningún caso.