Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo
PROPINAS
¿Qué dice el artículo 131?
El artículo establece que las propinas que recibe un trabajador no se consideran parte de su salario. Esto significa que lo que un trabajador recibe por propinas no puede ser utilizado como forma de pago por los servicios que presta. Esta norma aplica a todos los trabajadores que reciben propinas en el ejercicio de su labor.
- Las propinas no son salario.
- No se pueden pactar como pago por servicios.
- Aplica a todos los trabajadores que reciben propinas.
Ejemplos
- Un mesero en un restaurante que recibe propinas de los clientes.
- Un taxista que recibe dinero extra por un buen servicio.
- Un trabajador de servicios de limpieza que recibe propinas de los usuarios.
Texto oficial del artículo 131
ARTICULO 131. PROPINAS.
Las propinas que recibe el trabajador no constituye salario.
No puede pactarse como retribución del servicio prestado por el trabajador lo que éste reciba por propinas.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Las propinas que recibo cuentan como parte de mi salario?
No, según el artículo 131, las propinas que recibes no se consideran salario. Esto significa que no se pueden incluir como parte de la retribución por el servicio que prestas.
¿Puedo negociar mi salario incluyendo las propinas?
No, el artículo establece que no se puede pactar lo que recibes por propinas como parte de tu salario. Las propinas son un ingreso adicional, pero no deben ser consideradas como pago por tu trabajo.