Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 137 del Código Sustantivo del Trabajo
VENTA DE MERCANCIAS Y VIVERES POR PARTE DEL {EMPLEADOR}
¿Qué dice el artículo 137?
El artículo 137 del Código Sustantivo del Trabajo prohíbe al empleador vender mercancías o víveres a sus trabajadores, a menos que se garantice la libertad del trabajador para elegir dónde comprar y que se publiciten las condiciones de venta. Esta norma aplica a todos los empleadores que deseen ofrecer productos a sus empleados.
- Prohibición de venta de mercancías por parte del empleador.
- Libertad de elección del trabajador para sus compras.
- Obligación de publicidad de las condiciones de venta.
Ejemplos
- Un restaurante que ofrece productos a sus empleados debe asegurarse de que estos puedan comprar en otros lugares.
- Una empresa de construcción que vende herramientas a sus trabajadores debe informar claramente sobre precios y condiciones.
Texto oficial del artículo 137
ARTICULO 137. VENTA DE MERCANCIAS Y VIVERES POR PARTE DEL {EMPLEADOR}. Se prohíbe al {empleador} vender a sus trabajadores mercancías o víveres a menos que se cumpla con estas condiciones:
a). Libertad absoluta del trabajador para hacer sus compras donde quiera, y
b). Publicidad de las condiciones de venta.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo comprar productos a mi empleador?
No puedes comprar productos a tu empleador a menos que se cumplan ciertas condiciones. Debes tener libertad absoluta para decidir dónde hacer tus compras y el empleador debe publicitar claramente las condiciones de venta.
¿Qué pasa si mi empleador no cumple con estas condiciones?
Si tu empleador no cumple con las condiciones de libertad de compra y publicidad de las condiciones de venta, estaría violando la norma y podría enfrentar sanciones. Es importante que estés informado sobre tus derechos.