Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 137 del Código Sustantivo del Trabajo

VENTA DE MERCANCIAS Y VIVERES POR PARTE DEL {EMPLEADOR}

¿Qué dice el artículo 137?

El artículo 137 del Código Sustantivo del Trabajo prohíbe al empleador vender mercancías o víveres a sus trabajadores, a menos que se garantice la libertad del trabajador para elegir dónde comprar y que se publiciten las condiciones de venta. Esta norma aplica a todos los empleadores que deseen ofrecer productos a sus empleados.

  • Prohibición de venta de mercancías por parte del empleador.
  • Libertad de elección del trabajador para sus compras.
  • Obligación de publicidad de las condiciones de venta.

Ejemplos

  • Un restaurante que ofrece productos a sus empleados debe asegurarse de que estos puedan comprar en otros lugares.
  • Una empresa de construcción que vende herramientas a sus trabajadores debe informar claramente sobre precios y condiciones.

Texto oficial del artículo 137

ARTICULO 137. VENTA DE MERCANCIAS Y VIVERES POR PARTE DEL {EMPLEADOR}. Se prohíbe al {empleador} vender a sus trabajadores mercancías o víveres a menos que se cumpla con estas condiciones:

a). Libertad absoluta del trabajador para hacer sus compras donde quiera, y

b). Publicidad de las condiciones de venta.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar productos a mi empleador?

No puedes comprar productos a tu empleador a menos que se cumplan ciertas condiciones. Debes tener libertad absoluta para decidir dónde hacer tus compras y el empleador debe publicitar claramente las condiciones de venta.

¿Qué pasa si mi empleador no cumple con estas condiciones?

Si tu empleador no cumple con las condiciones de libertad de compra y publicidad de las condiciones de venta, estaría violando la norma y podría enfrentar sanciones. Es importante que estés informado sobre tus derechos.

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