Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 125 del Código Sustantivo del Trabajo
PROCEDIMIENTO DE REVISION
Según el texto oficial, este artículo está derogado.
¿Qué dice el artículo 125?
El artículo 125 del Código Sustantivo del Trabajo establecía un procedimiento de revisión, pero fue derogado por la Ley 1429 de 2010. Esto significa que ya no tiene validez y no se aplica en la actualidad. La derogación implica que cualquier norma o procedimiento que se basara en este artículo ya no es efectivo.
- El artículo fue derogado por la Ley 1429 de 2010.
- No tiene validez en la actualidad.
- El procedimiento de revisión ya no se aplica.
Ejemplos
- No se puede utilizar el procedimiento de revisión en conflictos laborales actuales.
- Los trabajadores y empleadores no deben referirse a este artículo en sus trámites legales.
Texto oficial del artículo 125
ARTICULO 125. PROCEDIMIENTO DE REVISION. Artículo derogado por el parágrafo 3 del artículo 65 de la Ley 1429 de 2010.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un artículo esté derogado?
Que el artículo ya no tiene validez legal y no se puede aplicar. En este caso, el artículo 125 del Código Sustantivo del Trabajo fue derogado, por lo que cualquier procedimiento que se basara en él ya no es efectivo.
¿Qué debo hacer si necesito un procedimiento de revisión?
Dado que el artículo 125 fue derogado, debes buscar otras normas o procedimientos vigentes que regulen situaciones similares. Es recomendable consultar a un abogado o experto en derecho laboral para obtener orientación adecuada.