Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 126 del Código Sustantivo del Trabajo

PROHIBICIONES

¿Qué dice el artículo 126?

El artículo establece que los directores y trabajadores no pueden actuar como agentes de la autoridad pública en los lugares de trabajo. Esto incluye no intervenir en la selección del personal de la policía, no dar órdenes a la policía, ni ofrecerles alojamiento, alimentación gratuita o dádivas. Aplica a todos los trabajadores y directores en el ámbito laboral.

  • Prohibido actuar como autoridad pública.
  • No se puede intervenir en la policía.
  • No se pueden dar órdenes a la policía.
  • Prohibido ofrecer alojamiento o alimentación gratuita.
  • No se permiten dádivas a la policía.

Ejemplos

  • Un trabajador no puede influir en la selección de un nuevo policía asignado a su zona de trabajo.
  • Un director no puede ofrecer un almuerzo gratis a un policía que visita la empresa.
  • Un empleado no debe dar regalos a un oficial de policía que realiza una inspección en su lugar de trabajo.

Texto oficial del artículo 126

ARTICULO 126. PROHIBICIONES. Los directores o trabajadores no pueden ser agentes de la autoridad pública en los establecimientos o lugares de trabajo, ni intervenir en la selección del personal de la policía, ni darle órdenes, ni suministrarle alojamiento o alimentación gratuitos, ni hacerle dádivas.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ofrecer un café a un policía que visita mi trabajo?

No, según el artículo, no puedes ofrecer alimentación gratuita a la policía. Esto está prohibido para evitar cualquier tipo de favoritismo o influencia indebida.

¿Qué pasa si un director da órdenes a la policía?

El artículo prohíbe que los directores den órdenes a la policía en el lugar de trabajo. Esto asegura que se mantenga el orden y la independencia de la autoridad pública.

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