Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 126 del Código Sustantivo del Trabajo
PROHIBICIONES
¿Qué dice el artículo 126?
El artículo establece que los directores y trabajadores no pueden actuar como agentes de la autoridad pública en los lugares de trabajo. Esto incluye no intervenir en la selección del personal de la policía, no dar órdenes a la policía, ni ofrecerles alojamiento, alimentación gratuita o dádivas. Aplica a todos los trabajadores y directores en el ámbito laboral.
- Prohibido actuar como autoridad pública.
- No se puede intervenir en la policía.
- No se pueden dar órdenes a la policía.
- Prohibido ofrecer alojamiento o alimentación gratuita.
- No se permiten dádivas a la policía.
Ejemplos
- Un trabajador no puede influir en la selección de un nuevo policía asignado a su zona de trabajo.
- Un director no puede ofrecer un almuerzo gratis a un policía que visita la empresa.
- Un empleado no debe dar regalos a un oficial de policía que realiza una inspección en su lugar de trabajo.
Texto oficial del artículo 126
ARTICULO 126. PROHIBICIONES. Los directores o trabajadores no pueden ser agentes de la autoridad pública en los establecimientos o lugares de trabajo, ni intervenir en la selección del personal de la policía, ni darle órdenes, ni suministrarle alojamiento o alimentación gratuitos, ni hacerle dádivas.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ofrecer un café a un policía que visita mi trabajo?
No, según el artículo, no puedes ofrecer alimentación gratuita a la policía. Esto está prohibido para evitar cualquier tipo de favoritismo o influencia indebida.
¿Qué pasa si un director da órdenes a la policía?
El artículo prohíbe que los directores den órdenes a la policía en el lugar de trabajo. Esto asegura que se mantenga el orden y la independencia de la autoridad pública.