Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 123 del Código Sustantivo del Trabajo
PLAZO PARA LA PRESENTACION
Según el texto oficial, este artículo está derogado.
¿Qué dice el artículo 123?
El artículo 123 del Código Sustantivo del Trabajo establecía un plazo para la presentación de ciertos documentos laborales. Sin embargo, este artículo ha sido derogado por la Ley 1429 de 2010, lo que significa que ya no tiene validez y no se aplica en la actualidad.
- El artículo 123 fue derogado.
- No se aplica en la actualidad.
- Regulaba plazos para documentos laborales.
- Su derogación fue por la Ley 1429 de 2010.
Ejemplos
- No se puede utilizar el artículo para justificar retrasos en la presentación de documentos laborales.
- Los empleadores y trabajadores deben consultar la normativa vigente para conocer los plazos actuales.
Texto oficial del artículo 123
ARTICULO 123. PLAZO PARA LA PRESENTACION. Artículo derogado por el parágrafo 3 del artículo 65 de la Ley 1429 de 2010.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un artículo esté derogado?
Que el artículo ya no tiene validez legal y no se puede aplicar. En este caso, el artículo 123 del Código Sustantivo del Trabajo fue derogado por la Ley 1429 de 2010, por lo que cualquier disposición que contenía ya no es efectiva.
¿Qué debo hacer si necesito información sobre plazos laborales?
Debes consultar la normativa laboral vigente, ya que el artículo 123 fue derogado y no proporciona información actual. Es recomendable revisar otras leyes o consultar a un abogado especializado en derecho laboral.