Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 45 del Código Sustantivo del Trabajo

DURACION

¿Qué dice el artículo 45?

El artículo establece las diferentes modalidades de duración de un contrato de trabajo en Colombia. Puede ser por tiempo determinado, por la duración de una obra específica, por tiempo indefinido o para trabajos ocasionales, accidentales o transitorios. Esto aplica a todos los trabajadores y empleadores que celebren contratos laborales en el país.

  • El contrato puede ser por tiempo determinado o indefinido.
  • Se puede celebrar por la duración de una obra específica.
  • También se permite para trabajos ocasionales o transitorios.
  • Las modalidades deben ser acordadas entre empleador y trabajador.

Ejemplos

  • Un trabajador contratado para un proyecto específico que dura tres meses.
  • Un empleado que tiene un contrato indefinido en una empresa.
  • Un trabajador que realiza labores ocasionales, como un mesero en eventos.

Texto oficial del artículo 45

ARTICULO 45. DURACION. El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.

(La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este artículo (parcial) por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia C-667-16)

(Aparte subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-016-98)

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de contratos de trabajo existen?

Existen varios tipos de contratos de trabajo en Colombia. Pueden ser por tiempo determinado, que tiene una fecha de inicio y fin; por la duración de una obra específica; indefinidos, que no tienen un plazo fijo; o para trabajos ocasionales, accidentales o transitorios.

¿Qué significa un contrato por tiempo indefinido?

Un contrato por tiempo indefinido es aquel que no tiene una fecha de finalización establecida. Esto significa que el trabajador puede permanecer en su puesto mientras cumpla con sus obligaciones y el empleador decida mantenerlo en la empresa.

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