Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 304 de la Constitución Política de Colombia

El Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados por la ley, suspenderá o destituirá a los gobernadores

¿Qué dice el artículo 304?

El artículo establece que el Presidente de la República tiene la facultad de suspender o destituir a los gobernadores en casos específicos que la ley determina. Además, señala que las inhabilidades e incompatibilidades que aplican a los gobernadores deben ser tan estrictas como las que se aplican al Presidente. Esto garantiza un control sobre la conducta de los gobernadores en el ejercicio de su cargo.

  • El Presidente puede suspender o destituir gobernadores.
  • Las causales de suspensión o destitución son específicas y están en la ley.
  • Las inhabilidades de los gobernadores son tan estrictas como las del Presidente.

Ejemplos

  • Si un gobernador incurre en actos de corrupción, el Presidente puede destituirlo.
  • Un gobernador que no cumpla con los requisitos legales para ejercer su cargo podría ser suspendido.

Texto oficial del artículo 304

Artículo 304. El Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados por la ley, suspenderá o destituirá a los gobernadores.

Su régimen de inhabilidades e incompatibilidades no será menos estricto que el establecido para el Presidente de la República.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿En qué casos puede el Presidente destituir a un gobernador?

El Presidente puede destituir a un gobernador en los casos que la ley señala de manera taxativa. Esto significa que solo en situaciones específicas establecidas por la ley se puede tomar esta medida, asegurando que haya un marco legal claro para la acción.

¿Qué inhabilidades deben cumplir los gobernadores?

Los gobernadores deben cumplir con un régimen de inhabilidades e incompatibilidades que no sea menos estricto que el que se aplica al Presidente de la República. Esto busca asegurar que los gobernadores actúen con integridad y responsabilidad en su cargo.

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