Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 166 de la Constitución Política de Colombia
¿Qué dice el artículo 166?
El artículo establece los plazos que tiene el Gobierno para devolver proyectos de ley con objeciones, dependiendo de la cantidad de artículos que contengan. Si el Gobierno no devuelve el proyecto en el tiempo estipulado, el Presidente debe sancionarlo y promulgarlo. Esto aplica a los proyectos de ley que se discuten en las cámaras legislativas.
- El Gobierno tiene plazos específicos para devolver proyectos de ley.
- Seis días para proyectos de hasta 20 artículos.
- Diez días para proyectos de 21 a 50 artículos.
- Veinte días para proyectos con más de 50 artículos.
- Si no se devuelven a tiempo, el Presidente debe sancionarlos.
Ejemplos
- Un proyecto de ley sobre educación que tiene 15 artículos debe ser devuelto en seis días si hay objeciones.
- Si un proyecto de ley de 30 artículos no es devuelto en diez días, se convierte en ley automáticamente.
- Conocer este artículo es útil para entender los tiempos de respuesta del Gobierno ante propuestas legislativas.
Texto oficial del artículo 166
Artículo 166. El Gobierno dispone del término de seis días para devolver con objeciones cualquier proyecto cuando no conste de más de veinte artículos; de diez días, cuando el proyecto contenga de veintiuno a cincuenta artículos; y hasta de veinte días cuando los artículos sean mas de cincuenta.
Si transcurridos los indicados términos, el Gobierno no hubiere devuelto el proyecto con objeciones, el Presidente deberá sancionarlo y promulgarlo.
Si las cámaras entran en receso dentro de dichos términos, el Presidente tendrá el deber de publicar el proyecto sancionado u objetado dentro de aquellos plazos.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el Gobierno no devuelve un proyecto a tiempo?
Si el Gobierno no devuelve el proyecto de ley en los plazos establecidos, el Presidente está obligado a sancionarlo y promulgarlo, convirtiéndolo en ley.
¿Cuánto tiempo tiene el Gobierno para objetar un proyecto?
El tiempo que tiene el Gobierno para devolver un proyecto con objeciones varía: seis días para proyectos de hasta 20 artículos, diez días para 21 a 50 artículos, y hasta veinte días para más de 50 artículos.