Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 153 de la Constitución Política de Colombia
¿Qué dice el artículo 153?
El artículo establece que la aprobación, modificación o derogación de las leyes estatutarias requiere la mayoría absoluta del Congreso y debe realizarse en una sola legislatura. Además, señala que la Corte Constitucional debe revisar la exequibilidad del proyecto, permitiendo la intervención de cualquier ciudadano para defender o impugnar la ley.
- Se necesita mayoría absoluta del Congreso.
- El trámite debe hacerse en una sola legislatura.
- La Corte Constitucional revisa la exequibilidad.
- Cualquier ciudadano puede intervenir en el proceso.
Ejemplos
- Cuando se discute una nueva ley sobre derechos fundamentales, los ciudadanos pueden participar en su defensa o impugnación.
- Si se propone modificar una ley existente que afecta a la comunidad, los ciudadanos pueden expresar su opinión ante la Corte Constitucional.
Texto oficial del artículo 153
Artículo 153. La aprobación, modificación o derogación de las leyes estatutarias exigirá la mayoría absoluta de los miembros del Congreso y deberá efectuarse dentro de una sola legislatura.
Dicho trámite comprenderá la revisión previa, por parte de la Corte Constitucional, de la exequibilidad del proyecto. Cualquier ciudadano podrá intervenir para defenderla o impugnarla.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa mayoría absoluta en el Congreso?
La mayoría absoluta se refiere a que más de la mitad de los miembros del Congreso deben estar de acuerdo para aprobar, modificar o derogar una ley estatutaria. Esto asegura que la decisión tenga un respaldo significativo.
¿Cómo puedo intervenir en el proceso de revisión de una ley?
Cualquier ciudadano tiene el derecho de intervenir en el proceso de revisión de una ley estatutaria. Esto puede hacerse presentando argumentos ante la Corte Constitucional, ya sea para defender la ley o para impugnarla.