Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 255 del Código Sustantivo del Trabajo
TRABAJADORES LLAMADOS A FILAS
¿Qué dice el artículo 255?
El artículo establece que los trabajadores que son llamados a prestar servicio militar, ya sea por llamamiento ordinario o por convocatoria de reservas, tienen derecho a que se les liquide y pague el auxilio de cesantía. Este derecho aplica independientemente del tiempo que hayan trabajado y no extingue su contrato laboral.
- Derecho a auxilio de cesantía para trabajadores en servicio militar.
- Aplica a llamamientos ordinarios y convocatorias de reservas.
- El contrato laboral no se extingue por el servicio militar.
- Se liquida y paga el auxilio de cesantía de manera parcial y definitiva.
- No importa el tiempo de trabajo previo.
Ejemplos
- Un trabajador que es llamado a filas y ha estado laborando en una empresa tiene derecho a recibir su auxilio de cesantía durante su servicio militar.
- Si un empleado es convocado a reservas, puede solicitar la liquidación de su auxilio de cesantía sin que su contrato se termine.
Texto oficial del artículo 255
ARTICULO 255. TRABAJADORES LLAMADOS A FILAS. Los trabajadores que entren a prestar servicio militar, por llamamiento ordinario o en virtud de convocatoria de reservas, tienen derecho a que se les liquide y pague parcial y definitivamente el auxilio de cesantía, cualquiera que sea el tiempo de trabajo y sin que se extinga su contrato conforme a lo dispuesto en el ordinal 5o. del artículo 51.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa con mi contrato si me llaman a filas?
Tu contrato laboral no se extingue si eres llamado a prestar servicio militar. Puedes seguir teniendo derechos laborales, como el auxilio de cesantía, que se debe liquidar y pagar mientras estés en servicio.
¿Tengo derecho a auxilio de cesantía si soy reservista?
Sí, tienes derecho a que se te liquide y pague el auxilio de cesantía si eres convocado por reservas, sin importar el tiempo que hayas trabajado previamente.