Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 243 del Código Sustantivo del Trabajo
INCUMPLIMIENTO
¿Qué dice el artículo 243?
Este artículo establece que si el empleador no otorga los descansos remunerados que corresponden, la trabajadora tiene derecho a recibir una indemnización equivalente al doble de la remuneración de esos descansos no concedidos. Aplica a todas las trabajadoras que no reciban los descansos estipulados en los artículos 236 y 237 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Los empleadores deben otorgar descansos remunerados.
- Si no lo hacen, deben indemnizar a la trabajadora.
- La indemnización es el doble de la remuneración de los descansos no otorgados.
- Aplica a todas las trabajadoras bajo el Código Sustantivo del Trabajo.
- Es una protección a los derechos laborales de las trabajadoras.
Ejemplos
- Una trabajadora que no recibe su día de descanso semanal y su salario correspondiente puede reclamar el doble de ese salario.
- Si una empleada no tiene acceso a sus vacaciones pagadas, puede exigir la indemnización correspondiente.
- Conocer este artículo es útil para entender los derechos laborales en caso de incumplimiento por parte del empleador.
Texto oficial del artículo 243
ARTICULO 243. INCUMPLIMIENTO. En caso de que el empleador no cumpla con la obligación de otorgar los descansos remunerados de que tratan los artículos 236 y 237, la trabajadora tiene derecho, como indemnización, al doble de la remuneración de los descansos no concedidos.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si no me dan mis descansos?
Si no te están otorgando los descansos remunerados que te corresponden, puedes reclamar al empleador el pago de la indemnización, que es el doble de la remuneración de esos descansos no concedidos. Es importante que tengas pruebas de que no te han dado esos descansos.
¿A quién le puedo reclamar si mi empleador no cumple?
Puedes presentar tu reclamación ante el Ministerio de Trabajo o a través de una acción legal, dependiendo de la situación. Es recomendable contar con asesoría legal para que te orienten sobre el proceso a seguir.