Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo

DESCANSO REMUNERADO EN CASO DE ABORTO

¿Qué dice el artículo 237?

El artículo establece que una trabajadora que sufra un aborto o parto prematuro no viable tiene derecho a una licencia remunerada de dos o cuatro semanas, dependiendo de la situación. Para acceder a esta licencia, debe presentar un certificado médico que confirme el aborto y el tiempo de reposo necesario. Si el parto es viable, se aplican otras disposiciones.

  • Licencia de dos o cuatro semanas por aborto o parto prematuro no viable.
  • La licencia es remunerada con el salario que devengaba la trabajadora.
  • Se requiere un certificado médico que confirme el aborto y el tiempo de reposo.

Ejemplos

  • Una trabajadora que sufre un aborto espontáneo puede solicitar su licencia y recibir su salario durante ese tiempo.
  • Si una mujer tiene un parto prematuro que no es viable, puede presentar su certificado médico para acceder a la licencia.

Texto oficial del artículo 237

ARTICULO 237. DESCANSO REMUNERADO EN CASO DE ABORTO.

La trabajadora que en el curso del embarazo sufra un aborto o parto prematuro no viable, tiene derecho a una licencia de dos o cuatro semanas, remunerada con el salario que devengaba en el momento de iniciarse el descanso. Si el parto es viable, se aplica lo establecido en el artículo anterior.

Para disfrutar de la licencia de que trata este artículo, la trabajadora debe presentar al {empleador} un certificado médico sobre lo siguiente:

a). La afirmación de que la trabajadora a sufrido un aborto o paro prematuro, indicando el día en que haya tenido lugar, y

b). La indicación del tiempo de reposo que necesita la trabajadora.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo derecho a la licencia?

Tienes derecho a una licencia de dos o cuatro semanas, dependiendo de si el aborto o parto prematuro es no viable.

¿Qué debo presentar para obtener la licencia?

Debes presentar un certificado médico que confirme que has sufrido un aborto o parto prematuro y que indique el tiempo de reposo que necesitas.

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