Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 11 del Código Sustantivo del Trabajo
DERECHO AL TRABAJO
¿Qué dice el artículo 11?
El artículo establece que toda persona tiene el derecho al trabajo y la libertad de elegir su profesión u oficio. Este derecho se encuentra protegido por la Constitución y la Ley, lo que garantiza que cada individuo pueda decidir su camino laboral sin restricciones indebidas. Aplica a todos los ciudadanos en Colombia, asegurando su autonomía en el ámbito laboral.
- Toda persona tiene derecho al trabajo.
- Libertad para escoger profesión u oficio.
- Derecho protegido por la Constitución y la Ley.
Ejemplos
- Una persona que decide estudiar medicina y ejercer como médico.
- Un artista que elige dedicarse a la música sin restricciones.
Texto oficial del artículo 11
ARTICULO 11. DERECHO AL TRABAJO. Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la Ley.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa tener derecho al trabajo?
Tener derecho al trabajo significa que cualquier persona puede acceder a un empleo y elegir la profesión que desee, siempre dentro de lo que permite la ley. Esto garantiza que no haya discriminación ni limitaciones en la elección de la carrera o actividad laboral.
¿Puedo cambiar de profesión libremente?
Sí, el artículo establece que tienes la libertad de escoger tu profesión u oficio. Esto implica que puedes cambiar de carrera o actividad laboral cuando lo desees, siempre y cuando cumplas con las normas legales pertinentes.