Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 89 del Código Penal Colombiano
Término de la prescripción de la sanción penal
¿Qué dice el artículo 89?
El artículo establece los términos de prescripción de las sanciones penales en Colombia. La pena privativa de la libertad prescribe según lo fijado en la sentencia, pero no puede ser inferior a cinco años desde que la sentencia queda en firme. La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco años, y la prisión perpetua revisable lo hace en 60 años.
- La pena privativa de la libertad prescribe según la sentencia.
- No puede ser inferior a cinco años desde la ejecutoria.
- La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco años.
- La prisión perpetua revisable prescribe en 60 años.
- Se consideran tratados internacionales en la prescripción.
Ejemplos
- Si una persona es condenada a 10 años de prisión, su pena prescribe en 10 años, pero no antes de cinco años.
- Si alguien recibe una pena no privativa de la libertad, esta prescribirá en cinco años desde la ejecutoria de la sentencia.
Texto oficial del artículo 89
Artículo 89. Término de la prescripción de la sanción penal.La pena privativa de la libertad, salvo lo previsto en tratados internacionales debidamente incorporados al ordenamiento jurídico, prescribe en el término fijado para ella en la sentencia o en el que falte por ejecutar, pero en ningún caso podrá ser inferior a cinco años contados a partir de la ejecutoria de la correspondiente sentencia.
La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco (5) años.
La pena de prisión perpetua revisable prescribirá en 60 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que la impone.
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para que prescriba mi pena?
El tiempo de prescripción de tu pena depende de si es privativa o no. La pena privativa de la libertad prescribe en el término fijado en la sentencia, pero no puede ser inferior a cinco años. La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco años.
¿Qué pasa si tengo una pena de prisión perpetua revisable?
Si tienes una pena de prisión perpetua revisable, esta prescribirá en 60 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que la impone. Es importante tener en cuenta este plazo para entender tus derechos.