Reforma Laboral · Ley 2466 de 2025

Artículo 47 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral)

Flexibilidad en el horario laboral para personas cuidadoras de personas con discapacidad

¿Qué dice el artículo 47?

El artículo establece que los trabajadores que cuidan a familiares con discapacidad, dentro del primer o segundo grado de consanguinidad y civil, o primero de afinidad, tienen derecho a flexibilidad horaria o trabajo remoto. Esto es posible si el tipo de trabajo lo permite y no afecta sus funciones, permitiéndoles realizar actividades de cuidado no remuneradas.

  • Aplica a cuidadores de familiares con discapacidad.
  • Requiere acuerdo previo con el empleador.
  • Permite flexibilidad horaria o trabajo remoto.
  • El trabajo debe permitir esta flexibilidad.
  • No debe afectar el cumplimiento de funciones laborales.

Ejemplos

  • Un trabajador que cuida a su madre con discapacidad puede acordar trabajar desde casa.
  • Una empleada que cuida a su hijo con discapacidad puede ajustar su horario de entrada y salida.
  • Un cuidador de su hermano con discapacidad puede negociar días de trabajo remoto.

Texto oficial del artículo 47

Artículo 47. Flexibilidad en el horario laboral para personas cuidadoras de personas con discapacidad. Modifíquese el artículo 7° de la Ley 2297 de 2023, el cual quedará así:

“Artículo 7°. Flexibilidad en el horario laboral. Cuando el cuidador de un familiar dentro del primer o segundo grado de consanguinidad y civil, o primero de afinidad también sea trabajador y deba cumplir con un horario laboral, tendrá derecho, previo acuerdo con el empleador y certificación de su condición, a acceder a flexibilidad horaria o la prestación del servicio, ya sea mediante trabajo en casa o remoto, siempre que el tipo de trabajo lo permita, sin afectar el cumplimiento de sus funciones. Esta medida le permitirá realizar actividades de cuidado o asistencia personal no remunerada. Este acuerdo se podrá realizar siempre y cuando la actividad a desarrollar lo permita.”

Fuente: Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar desde casa si cuido a un familiar con discapacidad?

Sí, puedes trabajar desde casa si cuidas a un familiar con discapacidad, siempre que el tipo de trabajo lo permita y llegues a un acuerdo con tu empleador. Debes presentar una certificación de tu condición de cuidador.

¿Qué grado de parentesco debo tener para solicitar flexibilidad horaria?

Puedes solicitar flexibilidad horaria si cuidas a un familiar dentro del primer o segundo grado de consanguinidad y civil, o primero de afinidad.

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