Reforma Laboral · Ley 2466 de 2025

Artículo 32 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral)

Protección al Trabajo femenino rural y campesino

¿Qué dice el artículo 32?

El artículo protege el trabajo de las mujeres rurales y campesinas, reconociendo su labor productiva, social y comunitaria. Establece que deben ser remuneradas por diversas tareas y que el Ministerio del Trabajo reglamentará su acceso a la seguridad social. Además, se busca eliminar la discriminación y explotación, y se implementarán mecanismos de sensibilización sobre sus derechos laborales.

  • Protección especial al trabajo femenino rural y campesino.
  • Remuneración por tareas como cuidado y preparación de alimentos.
  • Acceso a seguridad social integral para mujeres rurales.
  • Eliminación de discriminación y explotación.
  • Sensibilización sobre derechos laborales para mujeres rurales.

Ejemplos

  • Una mujer campesina que cuida animales y cultivos debe recibir pago por su trabajo.
  • El Ministerio del Trabajo ofrece talleres a mujeres rurales sobre sus derechos laborales.
  • Una mujer que cuida a personas enfermas en una finca debe ser incluida en la seguridad social.

Texto oficial del artículo 32

Artículo 32. Protección al Trabajo femenino rural y campesino. Se adiciona un artículo al Título V Capítulo I del Código Sustantivo del Trabajo, así:

“Artículo 103C. Protección al trabajo femenino rural y campesino. El trabajo de la mujer rural y campesina será especialmente protegido, y se deberá reconocer la dimensión productiva, social y comunitaria de su trabajo.

Deberán ser remuneradas por el trabajo que realizan en la preparación de alimentos, el cuidado de personas, animales y de cultivos, y las demás que desarrollen de manera subordinada, en relación con sus empleadores.

El Ministerio del Trabajo reglamentará la forma en que la mujer rural y campesina accederá al sistema de seguridad social integral cuando no lo hagan de manera contributiva. Para ello deberá reconocer los riesgos ocupacionales a los que se encuentran expuestas, teniendo en cuenta sus particularidades biológicas y sociales, y las múltiples jornadas de trabajo, incluyendo aquellas relacionadas con el cuidado de familias, personas enfermas, personas con discapacidad y otras.

El Gobierno nacional y los empleadores velarán por eliminar cualquier forma de discriminación o explotación”.

Parágrafo. El Ministerio del Trabajo implementará mecanismos de sensibilización dirigidos a las mujeres rurales y campesinas, con el fin de facilitar la comprensión y el ejercicio pleno de sus derechos laborales.

Fuente: Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Las mujeres rurales deben ser pagadas por cuidar cultivos?

Sí, el artículo establece que las mujeres rurales y campesinas deben ser remuneradas por su trabajo, incluyendo el cuidado de cultivos, siempre que lo realicen de manera subordinada en relación con sus empleadores.

¿Cómo accederán las mujeres rurales a la seguridad social?

El Ministerio del Trabajo reglamentará el acceso al sistema de seguridad social integral para las mujeres rurales que no lo hagan de manera contributiva, considerando sus riesgos ocupacionales y particularidades.

¿Qué hará el gobierno para evitar la discriminación laboral?

El gobierno y los empleadores deben velar por eliminar cualquier forma de discriminación o explotación hacia las mujeres rurales y campesinas, según lo establece el artículo.

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