Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 367 B del Código Penal Colombiano

Ayuda e inducción al empleo, producción y transferencia de minas antipersonal

¿Qué dice el artículo 367 B?

Este artículo establece que cualquier persona que promueva, ayude, facilite, estimule o induzca a otra persona a participar en actividades relacionadas con minas antipersonal, incurre en penas severas. Se aplica a quienes colaboran en la producción, empleo o transferencia de estos artefactos explosivos, poniendo en riesgo la seguridad pública.

  • Promover actividades con minas antipersonal es un delito.
  • Las penas incluyen prisión y multas significativas.
  • Se busca desincentivar la participación en actividades peligrosas.
  • El artículo protege la seguridad de la comunidad.
  • Las penas son más severas desde la Ley 890 de 2004.

Ejemplos

  • Una persona que organiza un taller sobre la fabricación de minas antipersonal.
  • Alguien que proporciona recursos a un grupo que utiliza minas antipersonal en un conflicto.
  • Un ciudadano que anima a otros a usar minas antipersonal en su comunidad.

Texto oficial del artículo 367 B

Artículo 367B.Ayuda e inducción al empleo, producción y transferencia de minas antipersonal. El que promueva, ayude, facilite, estimule o induzca a otra persona a participar en cualquiera de las actividades contempladas en el artículo 367-A del Código Penal, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses y en multa de doscientos sesenta y seis punto sesenta y seis (266.66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué actividades están prohibidas por este artículo?

Este artículo prohíbe promover, ayudar, facilitar, estimular o inducir a otros a participar en actividades relacionadas con minas antipersonal, lo que incluye su producción, empleo y transferencia.

¿Cuáles son las consecuencias de violar este artículo?

Las consecuencias incluyen una pena de prisión de noventa y seis a ciento ochenta meses y una multa que varía entre doscientos sesenta y seis punto sesenta y seis a setecientos cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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