Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 228 del Código Penal Colombiano

Imputaciones de litigantes

¿Qué dice el artículo 228?

El artículo 228 del Código Penal Colombiano establece que las injurias expresadas por litigantes, apoderados o defensores en documentos ante tribunales, que no sean públicos, solo estarán sujetas a correcciones y acciones disciplinarias. Esto significa que no se aplicarán sanciones penales, sino medidas dentro del ámbito disciplinario.

  • Las injurias en escritos judiciales no son penalmente sancionadas.
  • Solo se aplican correcciones y acciones disciplinarias.
  • Aplica a litigantes, apoderados y defensores.
  • Las injurias deben ser no públicas.
  • Se busca proteger la integridad del proceso judicial.

Ejemplos

  • Un abogado que presenta un informe ante un juez y hace una acusación injuriosa sobre la parte contraria, no enfrentará sanciones penales.
  • Un defensor que en sus alegatos realiza comentarios despectivos sobre el demandante, solo podría ser objeto de medidas disciplinarias.

Texto oficial del artículo 228

Artículo 228.Imputaciones de litigantes. Las injurias expresadas por los litigantes, apoderados o defensores en los escritos, discursos o informes producidos ante los tribunales y no dados por sus autores a la publicidad, quedarán sujetas únicamente a las correcciones y accionesdisciplinarias correspondientes.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un abogado injuria a otra parte en un juicio?

Si un abogado injuria a otra parte en un juicio, esa injuria no será sancionada penalmente, pero el abogado podría enfrentar correcciones y acciones disciplinarias por parte de la autoridad competente.

¿Las injurias en documentos judiciales son un delito?

No, las injurias expresadas en escritos ante tribunales no constituyen un delito penal, sino que están sujetas a medidas disciplinarias, lo que significa que se manejan dentro del ámbito de la ética profesional.

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