Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 104 B del Código Penal Colombiano

Circunstancias de agravación punitiva del feminicidio

¿Qué dice el artículo 104 B?

El artículo establece circunstancias que agravan la pena del feminicidio, que va de 500 a 600 meses de prisión. Se aplica cuando el autor es servidor público, la víctima es menor de 18 años, mayor de 60, está embarazada, tiene discapacidad, o se comete en presencia de familiares. También se agrava si hay agresiones previas o si se actúa en grupo.

  • La pena por feminicidio puede ser de 500 a 600 meses de prisión.
  • Se agrava si el autor es un servidor público.
  • La edad y condición de la víctima son factores de agravación.
  • El delito en presencia de la familia de la víctima también agrava la pena.
  • Las agresiones previas aumentan la severidad de la pena.

Ejemplos

  • Un servidor público comete feminicidio aprovechando su cargo.
  • Un hombre asesina a su pareja embarazada en su casa, donde están sus hijos.
  • Un grupo de personas agrede y asesina a una mujer en situación de discapacidad.

Texto oficial del artículo 104 B

Artículo 104B.Circunstancias de agravación punitiva del feminicidio.La pena será de quinientos (500) meses a seiscientos (600) meses de prisión, si el feminicidio se cometiere:

a) Cuando el autor tenga la calidad de servidor público y desarrolle la conducta punible aprovechándose de esta calidad.

b) Cuando la conducta punible se cometiere en mujer menor de dieciocho (18) años o mayor de sesenta (60) o mujer en estado de embarazo.

c) Cuando la conducta se cometiere con el concurso de otra u otras personas.

d) Cuando se cometiere en una mujer en situación de discapacidad física, psíquica o sensorial o desplazamiento forzado, condición socioeconómica o por prejuicios relacionados con la condición étnica o la orientación sexual.

e) Cuando la conducta punible fuere cometida en presencia de cualquier persona que integre la unidad doméstica de la víctima.

f) Cuando se cometa el delito con posterioridad a una agresión sexual, a la realización de rituales, actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de agresión o sufrimiento físico o psicológico.

g) Por medio de las circunstancias de agravación punitiva descritas en los numerales 1, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 104 de este Código.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el autor del feminicidio es un servidor público?

Si el autor del feminicidio es un servidor público y comete el delito aprovechándose de su cargo, la pena se agrava, pudiendo llegar a ser de 600 meses de prisión.

¿Cómo afecta la edad de la víctima en la pena?

La pena por feminicidio se agrava si la víctima es menor de 18 años, mayor de 60 años o está en estado de embarazo, lo que refleja la protección especial que se les otorga a estos grupos vulnerables.

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