Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 163 del Código Nacional de Policía

Ingreso a inmueble sin orden escrita

¿Qué dice el artículo 163?

El artículo establece las circunstancias bajo las cuales la Policía puede ingresar a un inmueble sin orden escrita. Se aplica en situaciones de emergencia, como socorrer a alguien, extinguir incendios, proteger bienes o animales, y en casos de maltrato animal. Este ingreso debe ser justificado y se debe informar al propietario del inmueble.

  • La Policía puede ingresar sin orden en emergencias.
  • Se debe justificar el ingreso y notificar al propietario.
  • Se protege la vida y bienes de personas y animales.
  • Se exige identificación de la autoridad antes de ingresar.
  • El ingreso a lugares públicos no requiere orden.

Ejemplos

  • Si alguien grita pidiendo ayuda desde una casa, la Policía puede entrar para socorrerlo.
  • En caso de un incendio, la Policía puede ingresar para extinguirlo y evitar su propagación.
  • Si se sospecha de maltrato animal en un hogar, la Policía puede entrar para rescatar al animal.

Texto oficial del artículo 163

ARTÍCULO 163. Ingreso a inmueble sin orden escrita. La Policía podrá penetrar en los domicilios, sin mandamiento escrito, cuando fuere de imperiosa necesidad:

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

1. Para socorrer a alguien que de alguna manera pida auxilio.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

2. Para extinguir incendio o evitar su propagación o remediar inundación o conjurar cualquier otra situación similar de peligro.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

3. Para dar caza a animal rabioso o feroz.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

4. Para proteger los bienes de personas ausentes, cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente o por cualquier otro medio al domicilio de estas personas.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

5. Cuando desde el interior de una casa o edificio se proceda por la vía de hecho contra persona o propiedad que se halle fuera de estos.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

6. Para proteger la vida e integridad de las personas, si en el interior del inmueble o domicilio se están manipulando o usando fuegos pirotécnicos, juegos artificiales, pólvora o globos sin el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

7. Para socorrer a un animal cuando se tenga certeza y evidencia verificable de la realización de conductas constitutivas de maltrato, que pongan en riesgo inminente la vida o integridad del animal.

(Adicionado por el art. 22, Ley 2455 de 2025)

PARÁGRAFO 1. El personal uniformado de la Policía Nacional que realice un ingreso a inmueble sin orden escrita, de inmediato rendirá informe escrito a su superior, con copia al propietario, poseedor o tenedor del inmueble, donde conste la razón por la cual se realizó el ingreso. Si el propietario, poseedor o tenedor considera que no había razón para el ingreso o que se hizo de manera inapropiada, podrá informar a las autoridades competentes. En todo caso, previo al ingreso al inmueble, las personas podrán exigir la plena identificación de la autoridad a fin de evitar la suplantación, verificación a realizar mediante mecanismos provistos o aceptados por la autoridad policial.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-212 de 2017)

PARÁGRAFO 2. El personal uniformado de la Policía Nacional, por razones propias de sus funciones, podrá ingresar sin orden escrita a un bien inmueble cuando esté abierto al público.

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿En qué situaciones puede la Policía entrar a mi casa sin orden?

La Policía puede ingresar sin orden escrita en casos de emergencia, como socorrer a alguien que pide ayuda, extinguir incendios, proteger bienes de personas ausentes, o en situaciones de maltrato animal. Es importante que el ingreso sea justificado.

¿Qué debo hacer si la Policía entra a mi casa sin mi permiso?

Si la Policía ingresa sin orden y consideras que no había razón para ello, puedes informar a las autoridades competentes. Además, tienes derecho a exigir la identificación de los agentes antes de permitir el ingreso.

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