Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 156 del Código Nacional de Policía

Retiro de sitio

¿Qué dice el artículo 156?

El artículo establece que el retiro de sitio es una medida que permite apartar a una persona de un lugar público o privado que preste servicios al público, si esta persona altera la convivencia y desacata una orden de Policía. Esta medida busca impedir el retorno inmediato de la persona al lugar y puede ser aplicada por el personal uniformado de la Policía Nacional cuando sea necesario.

  • El retiro de sitio se aplica en lugares públicos o privados que atiendan al público.
  • Se utiliza cuando hay alteración de la convivencia y desacato a una orden de Policía.
  • El objetivo es impedir el retorno inmediato de la persona al lugar.
  • El personal de la Policía Nacional está autorizado para aplicar esta medida.

Ejemplos

  • Una persona que causa disturbios en un parque y no obedece la orden de la Policía para que se retire.
  • Un individuo que interrumpe un evento público y no sigue las indicaciones de los agentes de Policía.

Texto oficial del artículo 156

ARTÍCULO 156. Retiro de sitio. Consiste en apartar de un lugar público o abierto al público o que siendo privado preste servicios al público, área protegida o de especial importancia ecológica, a la persona que altere la convivencia y desacate una orden de Policía dada para cesar su comportamiento, e impedir el retorno inmediato al mismo, sin perjuicio de la utilización de otros medios, así como de las medidas correctivas a que haya lugar.

El personal uniformado de la Policía Nacional podrá hacer uso de este medio cuando sea necesario.

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no obedezco la orden de la Policía?

Si no obedeces la orden de la Policía, puedes ser retirado del lugar y se te impedirá regresar de inmediato. Esta medida busca mantener la convivencia y el orden público.

¿Quién puede aplicar el retiro de sitio?

El retiro de sitio puede ser aplicado por el personal uniformado de la Policía Nacional cuando sea necesario, para garantizar la convivencia en espacios públicos o abiertos al público.

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