Reforma Laboral · Ley 2466 de 2025

Artículo 64 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral)

Régimen simple laboral

¿Qué dice el artículo 64?

El artículo 64 busca facilitar la formalización laboral y reducir la carga administrativa para los empleadores. Permite a los empleadores hacer aportes mensuales anticipados al fondo de cesantías y acordar la mensualización de los intereses sobre las cesantías. Aplica a empleadores y trabajadores en Colombia, promoviendo un marco jurídico más beneficioso y mayores rendimientos en las cesantías.

  • Facilita la formalización laboral.
  • Permite aportes mensuales anticipados a cesantías.
  • Intereses sobre cesantías pueden pagarse mensualmente.
  • Aplica a empleadores y trabajadores.
  • Busca reducir carga administrativa.

Ejemplos

  • Un empleador decide aportar mensualmente al fondo de cesantías de sus empleados.
  • Un trabajador acuerda recibir intereses sobre sus cesantías cada mes.
  • Una empresa busca reducir su carga administrativa utilizando el régimen simple laboral.

Texto oficial del artículo 64

Artículo 64. Régimen simple laboral. Tiene como objetivo fundamental facilitar la formalización laboral y reducir la carga administrativa para los empleadores, ofreciendo un marco jurídico más beneficioso para todas las partes involucradas, así como generar mayores rendimientos en la cuenta de cesantías en favor de los trabajadores.

Adiciónese dos parágrafos al artículo 99 de la Ley 50 de 1990 así:

“Parágrafo 1°. El empleador podrá aportar mensualmente con destino al fondo de cesantías el 8.33% del salario base de liquidación compuesto por el salario mensual sumado al auxilio de transporte en los casos en que a este hubiere lugar, como consignación anticipada de cesantías.

Para tal efecto, el Ministerio de Salud y Protección Social hará las reglamentaciones correspondientes respecto de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

En ningún caso la consignación anticipada podrá entenderse como pago parcial de la cesantía, pues el trabajador solo tendrá acceso a la cesantía anticipada en los términos que así lo determine la Ley o a la terminación del contrato de trabajo.

Parágrafo 2°. Las partes podrán acordar por escrito la mensualización de los intereses sobre las cesantías, pagando al trabajador el 1% del salario base de liquidación compuesto por el salario mensual sumado al auxilio de transporte en los casos en que a este hubiere lugar.”

Fuente: Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo afecta el régimen simple laboral a los empleadores?

El régimen simple laboral permite a los empleadores hacer aportes mensuales anticipados al fondo de cesantías y acordar la mensualización de los intereses sobre las cesantías, reduciendo así la carga administrativa.

¿Qué beneficios tiene para los trabajadores?

Los trabajadores pueden beneficiarse de mayores rendimientos en sus cuentas de cesantías y recibir intereses sobre las cesantías de manera mensual, si así lo acuerdan con su empleador.

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