Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 87 del Código Sustantivo del Trabajo

DURACION

¿Qué dice el artículo 87?

El artículo establece que el contrato de aprendizaje no puede durar más de tres años, alternando períodos de enseñanza y trabajo. Este contrato se rige por normas específicas y solo puede pactarse por el término que no esté previsto en las relaciones de oficios publicadas por el Ministerio del Trabajo. Si se excede el tiempo, se aplican las normas generales del contrato de trabajo.

  • La duración máxima del contrato de aprendizaje es de tres años.
  • Los períodos de enseñanza y trabajo deben ser alternados y de igual duración.
  • El Ministerio del Trabajo publica la lista de oficios y sus respectivos períodos de formación.
  • Si el contrato excede la duración, se rige por las normas generales del trabajo.

Ejemplos

  • Un joven que inicia un contrato de aprendizaje en una empresa de mecánica automotriz, donde alterna su tiempo entre clases y trabajo práctico.
  • Una persona que firma un contrato de aprendizaje en una panadería, asegurándose de que no exceda los tres años establecidos.

Texto oficial del artículo 87

ARTICULO 87. DURACION.

El contrato de aprendizaje no puede exceder de tres años de enseñanza y trabajo, alternados en períodos sucesivos e iguales, para ningún arte u oficio, y sólo podrá pactarse por el término no previsto para cada uno de ellos en las relaciones de oficios que serán publicados por el Ministerio del Trabajo.

El contrato de aprendizaje celebrado a término mayor del señalado para la formación del aprendiz en el oficio respectivo, se considerará, para todos los efectos legales, regido por la normas generales del contrato de trabajo en el lapso que exceda a la correspondiente duración del aprendizaje de ese oficio.

El Ministerio de Trabajo publicara periódicamente la lista de las profesiones u oficios que requieran formación profesional metódica y completa, determinando los períodos máximos de duración de los respectivos contratos para cada uno de aquéllos.

(Modificado por el Art. 9 de la Ley 188 de 1959)

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo puede durar un contrato de aprendizaje?

El contrato de aprendizaje no puede exceder de tres años. Este tiempo incluye períodos alternados de enseñanza y trabajo, y debe ajustarse a lo que el Ministerio del Trabajo publique sobre cada oficio.

¿Qué pasa si el contrato dura más de lo permitido?

Si el contrato de aprendizaje se celebra por un término mayor al permitido, el tiempo que exceda se considerará regido por las normas generales del contrato de trabajo, lo que implica diferentes derechos y obligaciones.

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