Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 66 del Código Sustantivo del Trabajo

MANIFESTACION DEL MOTIVO DE LA TERMINACION

¿Qué dice el artículo 66?

El artículo establece que cuando una de las partes termina unilateralmente el contrato de trabajo, debe informar a la otra parte el motivo de esta decisión en el momento de la extinción. Una vez hecho esto, no se pueden alegar motivos diferentes posteriormente. Esto aplica tanto a empleadores como a trabajadores en el contexto de la terminación del contrato laboral.

  • Se debe manifestar el motivo de la terminación.
  • La comunicación debe hacerse en el momento de la extinción.
  • No se pueden alegar motivos distintos después de la manifestación.

Ejemplos

  • Un empleado que es despedido debe recibir la razón del despido en el momento en que se le notifica.
  • Si un trabajador renuncia, debe informar a su empleador el motivo de su decisión en el momento de la renuncia.

Texto oficial del artículo 66

ARTICULO 66. MANIFESTACION DEL MOTIVO DE LA TERMINACION. La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esta determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.

(Modificado por el parágrafo del Art. 7 del Decreto 2351 de 1965)

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se manifiesta el motivo de la terminación?

Si no se manifiesta el motivo de la terminación en el momento de la extinción del contrato, la parte que termina el contrato no podrá alegar razones diferentes más adelante. Esto significa que la justificación inicial es la única válida.

¿Este artículo aplica para despidos y renuncias?

Sí, el artículo aplica tanto para despidos por parte del empleador como para renuncias por parte del trabajador. En ambos casos, se debe comunicar el motivo en el momento de la terminación del contrato.

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