Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 61 del Código Sustantivo del Trabajo
TERMINACION DEL CONTRATO
¿Qué dice el artículo 61?
El artículo establece las causas por las cuales puede terminar un contrato de trabajo en Colombia. Aplica a trabajadores y empleadores, detallando situaciones como la muerte del trabajador, mutuo consentimiento, expiración del plazo, y otras razones específicas. También menciona la necesidad de permisos en casos de liquidación o suspensión de actividades.
- El contrato puede terminar por muerte del trabajador.
- Se puede dar por mutuo consentimiento entre las partes.
- La expiración del plazo fijo también es una causa de terminación.
- El empleador debe informar a los trabajadores sobre la liquidación.
- La suspensión de actividades por más de 120 días es otra causa.
Ejemplos
- Si un trabajador fallece, su contrato se termina automáticamente.
- Si una empresa decide cerrar, debe informar a sus empleados y solicitar permiso al Ministerio de Trabajo.
- Si un trabajador no regresa tras la suspensión de su contrato, este puede terminar.
Texto oficial del artículo 61
ARTICULO 61. TERMINACION DEL CONTRATO. El contrato de trabajo termina:
a). Por muerte del trabajador;
b). Por mutuo consentimiento;
c). Por expiración del plazo fijo pactado;
(Literal c) declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-016-98)
d). Por terminación de la obra o labor contratada;
e). Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento;
f). Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días;
g). Por sentencia ejecutoriada;
h). Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7, del Decreto-ley 2351 de 1965, y 6 de esta ley;
(Literal h) declarado EXEQUIBLE, sólo en los términos de la sentencia, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-1507-00)
i). Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato.
En los casos contemplados en los literales e) y f) de este artículo, el empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus trabajadores de este hecho. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social resolverá lo relacionado con el permiso en un plazo de dos (2) meses. El cumplimiento injustificado de este término hará incurrir al funcionario responsable en causal de mala conducta sancionable con arreglo al régimen disciplinario vigente.
(Subrogado por el Art. 5 de la Ley 50 de 1990)
(Modificado por el Art. 6 del Decreto 2351 de 1965)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las causas para que termine mi contrato de trabajo?
Tu contrato puede terminar por varias razones, como tu muerte, mutuo consentimiento con el empleador, o si se acaba el plazo fijado. También puede terminar si la obra contratada finaliza o si la empresa cierra definitivamente.
¿Qué debo hacer si mi empresa cierra?
Si tu empresa cierra, el empleador debe solicitar un permiso al Ministerio de Trabajo y notificarte por escrito. Es importante que estés informado sobre este proceso para conocer tus derechos.