Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 413 del Código Sustantivo del Trabajo
SANCIONES DISCIPLINARIAS
¿Qué dice el artículo 413?
El artículo 413 establece que el fuero sindical no protege a un trabajador de recibir sanciones disciplinarias, siempre que estas no incluyan el despido. Esto significa que un trabajador que goza de fuero sindical puede ser sancionado de acuerdo con el reglamento de trabajo de su empresa, pero no puede ser despedido por esta razón.
- El fuero sindical no impide sanciones.
- Las sanciones deben ser distintas al despido.
- Se aplican según el reglamento de trabajo.
Ejemplos
- Un trabajador sindicalizado puede recibir una amonestación por llegar tarde al trabajo.
- Si un trabajador sindicalizado comete una falta leve, puede ser sancionado con una suspensión temporal.
Texto oficial del artículo 413
ARTICULO 413. SANCIONES DISCIPLINARIAS. El fuero sindical no impide aplicar al trabajador que de él goce, las sanciones disciplinarias distintas del despido en los términos del respectivo reglamento de trabajo.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Pueden despedirme si tengo fuero sindical?
No, el fuero sindical protege a los trabajadores de ser despedidos. Sin embargo, esto no impide que se les apliquen otras sanciones disciplinarias, siempre que no sean despidos.
¿Qué tipo de sanciones puedo recibir?
Puedes recibir sanciones disciplinarias como amonestaciones, suspensiones o multas, siempre que estas sean diferentes al despido y estén establecidas en el reglamento de trabajo de tu empresa.