Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 386 del Código Sustantivo del Trabajo
QUORUM DE LA ASAMBLEA
¿Qué dice el artículo 386?
El artículo establece que para que una asamblea general actúe de manera válida, debe contar con un quórum mínimo que es la mitad más uno de los afiliados. Solo se tendrán en cuenta los votos de los socios que estén presentes en la reunión. Esta norma aplica a las asambleas de organizaciones que tengan afiliados, como cooperativas o asociaciones.
- El quórum mínimo es la mitad más uno de los afiliados.
- Solo se computan los votos de los socios presentes.
- Sin el quórum requerido, la asamblea no puede actuar válidamente.
Ejemplos
- En una cooperativa, si hay 100 afiliados, deben estar presentes al menos 51 para que la asamblea pueda tomar decisiones.
- Si solo asisten 40 socios a una reunión, no se puede realizar la votación sobre los temas propuestos.
Texto oficial del artículo 386
ARTICULO 386. QUORUM DE LA ASAMBLEA. Ninguna asamblea general puede actuar válidamente sin el quórum estatutario, que no será inferior a la mitad más uno (1) de los afiliados; además, solamente se computarán los votos de los socios presentes.
(Declarado EXEQUIBLE, por los cargos analizados, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-674-08)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no se alcanza el quórum?
Si no se alcanza el quórum mínimo de la mitad más uno de los afiliados, la asamblea no puede tomar decisiones válidas. Esto significa que cualquier votación o acuerdo que se intente realizar en esa reunión no tendrá validez legal.
¿Quiénes pueden votar en la asamblea?
Solo los socios que estén presentes en la asamblea pueden votar. Los votos de los afiliados que no asistan no se contabilizan, por lo que es importante que los miembros estén presentes para que sus opiniones cuenten.