Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 235 del Código Sustantivo del Trabajo

REGLAMENTACION

¿Qué dice el artículo 235?

El artículo 235 establece que el Ministerio del Trabajo es responsable de reglamentar cómo los empleadores deben cumplir con las prestaciones relacionadas con calzado y overoles para los trabajadores. También indica cómo deben demostrar que están cumpliendo con estas obligaciones. Aplica a todos los empleadores que deben proporcionar estas prestaciones a sus empleados.

  • El Ministerio del Trabajo reglamentará las prestaciones.
  • Los empleadores deben cumplir con las obligaciones establecidas.
  • Se debe acreditar el cumplimiento de las prestaciones.

Ejemplos

  • Un trabajador que necesita calzado especial para su labor debe recibirlo según lo reglamentado.
  • Un empleador debe demostrar que ha entregado los overoles requeridos a sus empleados en una auditoría del Ministerio del Trabajo.

Texto oficial del artículo 235

ARTICULO 235. REGLAMENTACION. El Ministerio del Trabajo reglamentara la forma como los {empleadores} deben cumplir con las prestaciones establecidas en este capítulo y la manera como deben acreditar ese cumplimiento.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si mi empleador no me proporciona el calzado adecuado?

Debes informar a tu empleador sobre la falta y solicitar que cumpla con la entrega de las prestaciones. Si no hay respuesta, puedes acudir al Ministerio del Trabajo para que te asesoren sobre los pasos a seguir.

¿Cómo puedo saber si mi empleador está cumpliendo con las normas de calzado y overoles?

Puedes verificar si tu empleador te ha proporcionado el calzado y los overoles necesarios para tu trabajo. Además, el Ministerio del Trabajo puede realizar auditorías para comprobar el cumplimiento de estas obligaciones.

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