Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 183 del Código Sustantivo del Trabajo
FORMAS DEL DESCANSO COMPENSATORIO
¿Qué dice el artículo 183?
El artículo establece las formas en que se puede otorgar el descanso semanal compensatorio a los trabajadores. Este descanso puede ser concedido en otro día laborable de la semana siguiente o desde el medio día del domingo hasta el medio día del lunes. Aplica a todo el personal de un establecimiento, incluyendo aquellos que trabajan por turnos.
- El descanso compensatorio puede ser en otro día laborable.
- Se puede otorgar desde el domingo hasta el lunes.
- Aplica a todo el personal de un establecimiento.
- Es importante para la regulación del trabajo dominical y festivo.
Ejemplos
- Un empleado que trabaja el domingo puede descansar el lunes siguiente.
- Un trabajador que labora en turnos puede recibir su descanso en otro día de la semana.
Texto oficial del artículo 183
ARTICULO 183. FORMAS DEL DESCANSO COMPENSATORIO. El descanso semanal compensatorio puede darse en alguna de las siguientes formas:
En otro día laborable de la semana siguiente, a todo el personal de un establecimiento, o por turnos.
Desde el medio día o a las trece horas (1 p.m.) del domingo, hasta el medio día o a las trece horas (1 p.m.) del lunes.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el descanso compensatorio?
El descanso compensatorio es un tiempo de descanso que se otorga a los trabajadores que laboran en días festivos o domingos. Según el artículo, puede ser en otro día laborable de la semana siguiente o desde el medio día del domingo hasta el medio día del lunes.
¿A quiénes aplica el descanso compensatorio?
Este descanso aplica a todo el personal de un establecimiento, incluyendo a aquellos que trabajan por turnos. Es una medida para asegurar que los trabajadores tengan tiempo de descanso adecuado.