Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 166 del Código Sustantivo del Trabajo
TRABAJO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD
¿Qué dice el artículo 166?
El artículo establece que en ciertas labores que requieren atención continua, se puede aumentar el límite máximo de horas de trabajo a 56 por semana. Esto aplica a trabajos que, por su naturaleza, necesitan ser realizados sin interrupciones, permitiendo turnos sucesivos de trabajadores para cumplir con la demanda de estas actividades.
- Se puede aumentar el límite de horas de trabajo.
- El máximo permitido es de 56 horas por semana.
- Aplica a labores que requieren atención continua.
- Permite turnos sucesivos de trabajadores.
Ejemplos
- En una planta de producción que opera las 24 horas, los trabajadores pueden hacer turnos para cumplir con la demanda.
- En un hospital, el personal médico puede trabajar en turnos sucesivos para atender a los pacientes sin interrupción.
Texto oficial del artículo 166
ARTICULO 166. TRABAJO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD. También puede elevarse el límite máximo de horas de trabajo establecido en el artículo 161, en aquellas labores que por razón de su misma naturaleza necesiten ser atendidas sin solución de continuidad, por turnos sucesivos de trabajadores, pero en tales casos las horas de trabajo no pueden exceder de cincuenta y seis (56) por semana.
(Modificado por el Art. 3 del Decreto 13 de 1967)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas puedo trabajar a la semana?
Puedes trabajar hasta 56 horas a la semana si tu labor requiere atención continua y se organiza en turnos sucesivos. Esto es para asegurar que las actividades no se interrumpan.
¿Qué tipo de trabajos se benefician de este artículo?
Este artículo aplica a trabajos que, por su naturaleza, necesitan ser atendidos sin solución de continuidad, como en industrias o servicios que operan de manera constante, como hospitales o fábricas.