Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 382 del Código Penal Colombiano

Tráfico de sustancias para procesamiento de narcóticos

¿Qué dice el artículo 382?

El artículo 382 del Código Penal Colombiano establece las sanciones para quienes introduzcan, saquen, transporten o tengan en su poder sustancias utilizadas para el procesamiento de narcóticos. Esto incluye sustancias como cocaína, heroína y otros narcóticos que causan dependencia. La norma aplica a cualquier persona que realice estas actividades de manera ilegal.

  • Prohíbe el tráfico de sustancias para narcóticos.
  • Incluye sustancias como cocaína y heroína.
  • Establece penas de prisión y multas significativas.
  • Aplica a cualquier persona involucrada en estas actividades.
  • Se consideran tanto la introducción como la tenencia de estas sustancias.

Ejemplos

  • Una persona que intenta ingresar al país con acetona para procesar drogas.
  • Un comerciante que desvíe productos químicos para la producción de narcóticos.
  • Un veterinario que utiliza medicamentos de uso veterinario para fines ilícitos.

Texto oficial del artículo 382

Artículo 382.Tráfico de sustancias para procesamiento de narcóticos. El que ilegalmente introduzca al país, así sea en tránsito, o saque de él, transporte, tenga en su poder, desvíe del uso legal a través de empresas o establecimientos de comercio, elementos o sustancias que sirvan para el procesamiento de cocaína, heroína, drogas de origen sintético y demás narcóticos que produzcan dependencia, tales como éter etílico, acetona, amoniaco, permanganato de potasio, carbonato liviano, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, diluyentes, disolventes, sustancias contempladas en los cuadros uno y dos de la Convención de Naciones Unidas contra los Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y las que según concepto previo del Consejo Nacional de Estupefacientes se utilicen con el mismo fin, así como medicamentos de uso veterinario, incurrirá en prisión de 96 a 180 meses y multa de 3.000 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me encuentran con sustancias para narcóticos?

Si te encuentran con sustancias que sirven para el procesamiento de narcóticos, puedes enfrentar una pena de prisión de 96 a 180 meses y una multa que varía entre 3.000 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esto aplica incluso si solo tienes en tu poder estas sustancias.

¿Qué sustancias están incluidas en este artículo?

El artículo incluye sustancias como cocaína, heroína, éter etílico, acetona, amoniaco, entre otros. También abarca medicamentos de uso veterinario que se utilicen para el procesamiento de narcóticos. Es importante conocer estas sustancias para evitar problemas legales.

Artículos relacionados (Capitulo ii del tráfico de estupefacientes y otras infracciones)

Pregúntale a Chat Colombia

¿Tienes una duda sobre tu caso? Escríbela con tus palabras en la app y te respondemos con el artículo y la fuente oficial.

Información general basada en el texto oficial de la norma. No reemplaza la asesoría de un abogado. Chat Colombia es una aplicación independiente y no está afiliada a ninguna entidad del Gobierno de Colombia. Actualizado el 2026-11-02.