Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 377 del Código Penal Colombiano
Destinación ilícita de muebles o inmuebles
¿Qué dice el artículo 377?
Este artículo establece que destinar bienes muebles o inmuebles para la elaboración, almacenamiento, transporte, venta o uso de drogas es un delito. Aplica a cualquier persona que realice estas acciones o las autorice. Las sanciones no aplican para el uso médico y científico del cannabis con las licencias correspondientes.
- Se penaliza la destinación ilícita de bienes para drogas.
- Las penas van de 96 a 216 meses de prisión.
- Las multas oscilan entre 1.333,33 y 50.000 salarios mínimos.
- No se aplican sanciones para el uso legal del cannabis.
- Se requiere licencia del Ministerio de Salud o Justicia para uso médico.
Ejemplos
- Alquilar un local para vender drogas es un delito bajo este artículo.
- Permitir que se use tu casa para almacenar estupefacientes también es sancionable.
- Conocer este artículo es útil si tienes dudas sobre el uso legal del cannabis.
Texto oficial del artículo 377
Artículo 377.Destinación ilícita de muebles o inmuebles. El que destine ilícitamente bien mueble o inmueble para que en él se elabore, almacene o transporte, venda o use algunas de las drogas a que se refieren los artículos 375 y 376, y/o autorice o tolere en ellos tal destinación, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses y multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres (1.333.33) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Las sanciones previstas en este artículo, no aplicarán para el uso médico y científico del cannabis siempre y cuando se tengan las licencias otorgadas, ya sea por el Ministerio de Salud y Protección Social o el Ministerio de Justicia y del Derecho, según sus competencias.
NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si alquilo mi local y sé que se usa para vender drogas?
Si alquilas tu local y tienes conocimiento de que se usa para vender drogas, puedes ser sancionado por autorizar esa destinación ilícita. Las penas incluyen prisión y multas, por lo que es importante asegurarte de que tu propiedad no se utilice para actividades ilegales.
¿Las sanciones son diferentes si se trata de cannabis?
No, las sanciones no aplican para el uso médico y científico del cannabis, siempre y cuando se cuente con las licencias otorgadas por el Ministerio de Salud o el Ministerio de Justicia. Es fundamental tener estas licencias para evitar problemas legales.