Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 349 de la Constitución Política de Colombia

¿Qué dice el artículo 349?

El artículo establece que durante los tres primeros meses de cada legislatura, el Congreso debe discutir y expedir el Presupuesto General de Rentas y la Ley de Apropiaciones. Además, señala que cualquier aumento en los cómputos de las rentas y recursos debe contar con la aprobación previa del ministro correspondiente. Esto aplica a los procesos legislativos relacionados con el presupuesto nacional.

  • El Congreso discute el presupuesto en los primeros tres meses de cada legislatura.
  • Se debe seguir las reglas de la Ley Orgánica para la expedición del presupuesto.
  • Los aumentos en las rentas requieren el concepto favorable del ministro del ramo.

Ejemplos

  • Cuando el Congreso debate el presupuesto nacional para el próximo año.
  • Si se proponen cambios en los ingresos del Estado, se necesita la aprobación del ministro correspondiente.

Texto oficial del artículo 349

Artículo 349. Durante los tres primeros meses de cada legislatura, y estrictamente de acuerdo con las reglas de la Ley Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá el Presupuesto General de Rentas y Ley de Apriaciones.

Los cómputos de las rentas, de los recursos del crédito y los provenientes del balance del Tesoro, no podrán aumentarse por el Congreso sino con el concepto previo y favorable suscrito por el ministro del ramo.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Por qué es importante el concepto del ministro?

El concepto del ministro es crucial porque garantiza que cualquier aumento en las rentas y recursos del presupuesto sea evaluado y respaldado por la autoridad competente, asegurando así una gestión fiscal responsable.

¿Qué sucede si el Congreso no aprueba el presupuesto?

Si el Congreso no aprueba el presupuesto en el tiempo establecido, podría haber dificultades en la ejecución de los programas y proyectos del gobierno, afectando la planificación financiera del país.

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