Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 335 de la Constitución Política de Colombia
¿Qué dice el artículo 335?
El artículo establece que las actividades financieras, bursátiles, aseguradoras y otras relacionadas con el manejo de recursos de captación son de interés público. Estas actividades solo pueden ser ejercidas con autorización del Estado, de acuerdo con la ley. La norma busca regular la intervención del Gobierno y promover la democratización del crédito en el país.
- Las actividades financieras son de interés público.
- Se requiere autorización del Estado para ejercer estas actividades.
- La ley regulará la intervención del Gobierno.
- Se busca promover la democratización del crédito.
Ejemplos
- Un banco que quiere ofrecer nuevos productos financieros debe obtener autorización del Estado.
- Una empresa que desea emitir acciones en la bolsa necesita cumplir con regulaciones estatales.
- Conocer este artículo es útil si planeas invertir en un fondo de inversión o abrir una aseguradora.
Texto oficial del artículo 335
Artículo 335. Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación a las que se refiere el literal d) del numeral 19 del artículo 150 son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley, la cual regulará la forma de intervención del Gobierno en estas materias y promoverá la democratización del crédito.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Por qué necesito autorización para actividades financieras?
La autorización del Estado es necesaria porque estas actividades son de interés público. Esto asegura que se manejen de manera responsable y regulada, protegiendo así a los ciudadanos y promoviendo un acceso equitativo al crédito.
¿Qué actividades están reguladas por este artículo?
El artículo regula las actividades financieras, bursátiles, aseguradoras y cualquier otra relacionada con el manejo e inversión de recursos de captación. Esto incluye bancos, bolsas de valores y compañías de seguros.