Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 286 de la Constitución Política de Colombia

Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas

¿Qué dice el artículo 286?

El artículo establece que los departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas son considerados entidades territoriales en Colombia. Además, permite que la ley otorgue este carácter a regiones y provincias que se constituyan conforme a la Constitución y la ley. Esto implica que estas entidades tienen un reconocimiento legal y pueden ejercer funciones administrativas y de gobierno.

  • Los departamentos, distritos y municipios son entidades territoriales.
  • Los territorios indígenas también son reconocidos como entidades territoriales.
  • La ley puede crear nuevas entidades territoriales como regiones y provincias.
  • Las entidades territoriales tienen funciones administrativas y de gobierno.
  • La constitución y la ley regulan la creación de estas entidades.

Ejemplos

  • Un departamento como Antioquia tiene autonomía para gestionar sus recursos y servicios públicos.
  • Los municipios pueden establecer sus propias normas y regulaciones dentro de su territorio.
  • Los territorios indígenas tienen derechos especiales y autonomía en la gestión de sus asuntos.

Texto oficial del artículo 286

Artículo 286. Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.

La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las entidades territoriales?

Las entidades territoriales son divisiones administrativas en Colombia, que incluyen departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas. Estas entidades tienen la capacidad de gobernarse y administrar sus recursos, siguiendo lo establecido por la Constitución y la ley.

¿Pueden crearse nuevas entidades territoriales?

Sí, la ley puede otorgar el carácter de entidades territoriales a nuevas regiones y provincias, siempre que se constituyan de acuerdo con la Constitución y la legislación vigente. Esto permite una mayor organización y administración del territorio.

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