Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 80 del Código Sustantivo del Trabajo
EFECTO JURIDICO
¿Qué dice el artículo 80?
El artículo establece que el período de prueba en un contrato laboral puede ser terminado unilateralmente por el empleador en cualquier momento, sin necesidad de aviso previo. Durante este tiempo, los trabajadores tienen derecho a todas las prestaciones laborales. Esto aplica a todos los trabajadores que se encuentren en un período de prueba en su contrato de trabajo.
- El período de prueba puede finalizar sin aviso.
- Los trabajadores en prueba tienen derecho a prestaciones.
- El empleador puede terminar el contrato en cualquier momento.
Ejemplos
- Un empleador decide finalizar el contrato de un nuevo empleado sin previo aviso durante su período de prueba.
- Un trabajador en prueba recibe su salario y prestaciones a pesar de estar en este período.
Texto oficial del artículo 80
ARTICULO 80. EFECTO JURIDICO.
El período de prueba puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento, sin previo aviso.
Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones.
(Modificado por el Art. 3 del Decreto 617 de 1954)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Puede un empleado renunciar durante el período de prueba?
Sí, un empleado puede renunciar en cualquier momento durante el período de prueba. No hay restricciones específicas en el artículo que impidan al trabajador finalizar su contrato.
¿Qué pasa si el empleador termina el contrato sin aviso?
El empleador puede terminar el contrato sin previo aviso durante el período de prueba. Esto es legal y no requiere justificación adicional según el artículo.