Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo
OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR
¿Qué dice el artículo 58?
El artículo establece las obligaciones especiales que deben cumplir los trabajadores en su relación laboral. Estas incluyen realizar su trabajo personalmente, seguir las instrucciones del empleador, mantener la confidencialidad de la información, cuidar los instrumentos de trabajo y colaborar en situaciones de riesgo. Aplica a todos los trabajadores bajo un contrato laboral en Colombia.
- El trabajador debe realizar su labor personalmente.
- No puede compartir información reservada sin autorización.
- Deben cuidar y devolver en buen estado los útiles de trabajo.
- Es importante mantener buenas relaciones con compañeros y superiores.
- La trabajadora embarazada tiene derecho a licencia remunerada antes del parto.
Ejemplos
- Un empleado de una empresa no puede hablar sobre proyectos confidenciales con amigos sin permiso.
- Una trabajadora debe avisar a su jefe si nota un riesgo de accidente en la fábrica.
- Un trabajador debe devolver las herramientas en buen estado al finalizar su jornada.
Texto oficial del artículo 58
ARTICULO 58. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR. Son obligaciones especiales del trabajador:
Realizar personalmente la labor, en los términos estipulados; observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular la impartan el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido.
No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales del trabajo ante las autoridades competentes.
Conservar y restituir un buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados y las materias primas sobrantes.
Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y perjuicios.
Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o de riesgo inminente que afecten o amenacen las personas o cosas de la empresa o establecimiento.
Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales.
La trabajadora en estado de embarazo debe empezar a disfrutar la licencia remunerada consagrada en el numeral 1 del artículo 236 , al menos una semana antes de la fecha probable del parto.
(Numeral 8 adicionado por el Art. 4 de la Ley 1468 de 2011)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si tengo información confidencial?
No puedes compartirla con terceros sin autorización expresa del empleador. Sin embargo, puedes denunciar delitos o violaciones del contrato ante las autoridades competentes.
¿Qué pasa si no cumplo con mis obligaciones?
El incumplimiento de estas obligaciones puede tener consecuencias laborales, como sanciones o despido, dependiendo de la gravedad de la falta.
¿Cuándo debo avisar a mi empleador sobre un riesgo?
Debes comunicarle de inmediato cualquier situación que consideres pueda causar daños o perjuicios, ya sea a personas o a bienes de la empresa.