Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 468 del Código Sustantivo del Trabajo
CONTENIDO
¿Qué dice el artículo 468?
El artículo 468 establece que las convenciones colectivas deben incluir estipulaciones sobre las condiciones generales de trabajo, así como detalles específicos como la empresa, la industria, los oficios, el lugar de vigencia, la fecha de inicio, la duración, las causas de prórroga y las responsabilidades por incumplimiento. Aplica a las partes que negocian estas convenciones en el ámbito laboral.
- Las convenciones colectivas regulan condiciones de trabajo.
- Deben especificar la empresa y la industria involucrada.
- Incluyen la fecha de inicio y duración de la convención.
- Se deben detallar las causas de prórroga y desahucio.
- Establecen responsabilidades por incumplimiento.
Ejemplos
- Un sindicato y una empresa acuerdan condiciones laborales que se aplican a todos los trabajadores de la planta.
- Un grupo de trabajadores negocia una convención que regula horarios y salarios en una industria específica.
- Conocer este artículo es útil al revisar un contrato colectivo para entender sus términos y condiciones.
Texto oficial del artículo 468
ARTICULO 468. CONTENIDO. Además de las estipulaciones que las partes acuerden en relación con las condiciones generales de trabajo, en la convención colectiva se indicarán la empresa o establecimiento, industria y oficios que comprenda, el lugar o lugares donde ha de regir la fecha en que entrará en vigor, el plazo de duración y las causas y modalidades de su prórroga, su desahucio o denuncia y la responsabilidad que su incumplimiento entrañe.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir una convención colectiva?
Una convención colectiva debe incluir las condiciones generales de trabajo, la empresa o establecimiento, la industria y oficios que comprende, el lugar de vigencia, la fecha de inicio, el plazo de duración, las causas de prórroga y las responsabilidades por incumplimiento.
¿Quiénes pueden negociar una convención colectiva?
Las convenciones colectivas pueden ser negociadas entre los empleadores y los trabajadores, generalmente a través de sus representantes o sindicatos, para establecer condiciones laborales que beneficien a ambas partes.