Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 417 del Código Sustantivo del Trabajo
DERECHO DE FEDERACION
¿Qué dice el artículo 417?
El artículo establece que todos los sindicatos pueden unirse en federaciones, ya sean locales, regionales, nacionales, profesionales o industriales, y estas a su vez pueden formar confederaciones. Las federaciones y confederaciones tienen personería jurídica y las mismas atribuciones que los sindicatos, excepto la declaración de huelga, que solo corresponde a los sindicatos. Las confederaciones pueden afiliar sindicatos si sus estatutos lo permiten.
- Los sindicatos pueden formar federaciones y confederaciones.
- Las federaciones y confederaciones tienen personería jurídica.
- La declaración de huelga es exclusiva de los sindicatos.
- Las confederaciones pueden afiliar sindicatos según sus estatutos.
Ejemplos
- Un sindicato de trabajadores de una empresa puede unirse a una federación de sindicatos del mismo sector.
- Varios sindicatos de diferentes regiones pueden formar una confederación para tener mayor representación.
- Conocer este artículo es útil para entender cómo se organizan los sindicatos y sus derechos.
Texto oficial del artículo 417
ARTICULO 417. DERECHO DE FEDERACION.
Todos los sindicatos tienen, sin limitación alguna, la facultad de unirse o coaligarse en federaciones locales, regionales, nacionales, profesionales o industriales, y éstas en confederaciones. Las federaciones y confederaciones tienen derecho al reconocimiento de personería jurídica propia y las mismas atribuciones de los sindicatos, salvo la declaración de huelga, que compete privativamente, cuando la ley la autoriza, a los sindicatos respectivos o grupos de trabajadores directa o indirectamente interesados.
(Aparte tachado declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-797-00. El aparte subrayado fue declarado EXEQUIBLE.)
Las confederaciones pueden afiliar sindicatos, si sus estatutos lo permiten.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Pueden todos los sindicatos unirse?
Sí, todos los sindicatos tienen la facultad de unirse en federaciones, ya sean locales, regionales, nacionales, profesionales o industriales.
¿Qué derechos tienen las federaciones?
Las federaciones tienen derecho al reconocimiento de personería jurídica y las mismas atribuciones que los sindicatos, excepto la declaración de huelga.
¿Qué es una confederación?
Una confederación es la unión de varias federaciones de sindicatos, y puede afiliar sindicatos si sus estatutos lo permiten.