Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 352 del Código Sustantivo del Trabajo
VIGILANCIA Y SANCIONES
¿Qué dice el artículo 352?
El artículo establece que el Ministerio del Trabajo, a través de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, es responsable de asegurar el cumplimiento de las normas laborales. También debe atender las quejas de empleadores y trabajadores sobre violaciones a estas normas, y puede imponer sanciones en caso de reincidencia o negligencia, considerando la capacidad económica del infractor y la gravedad de la falta.
- El Ministerio del Trabajo vela por el cumplimiento de las normas laborales.
- Se atienden reclamaciones de empleadores y trabajadores.
- Se pueden imponer sanciones por reincidencia o negligencia.
- Se considera la capacidad económica del infractor.
- La naturaleza de la falta cometida influye en las sanciones.
Ejemplos
- Un trabajador presenta una queja por condiciones inseguras en su lugar de trabajo y el Ministerio investiga.
- Un empleador reincidente en incumplimientos laborales puede recibir una sanción por parte del Ministerio del Trabajo.
Texto oficial del artículo 352
ARTICULO 352. VIGILANCIA Y SANCIONES. Corresponde al Ministerio del Trabajo, por conducto de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, velar por el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo, atender las reclamaciones de empleadores y obreros sobre transgresión de sus reglas, prevenir a los remisos, y, en caso de reincidencia o negligencia, imponer sanciones, teniendo en cuenta la capacidad económica del transgresor y la naturaleza de la falta cometida.
SEGUNDA PARTE.
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si creo que mi empleador no cumple con las normas laborales?
Debes presentar una reclamación ante el Ministerio del Trabajo. Ellos tienen la responsabilidad de investigar y tomar acciones para asegurar que se cumplan las disposiciones laborales.
¿Qué pasa si un empleador reincide en sus faltas laborales?
En caso de reincidencia o negligencia, el Ministerio del Trabajo puede imponer sanciones al empleador, teniendo en cuenta su capacidad económica y la naturaleza de la falta cometida.