Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 403 del Código Penal Colombiano
Destino de recursos del tesoro para el estímulo o beneficio indebido de explotadores y comerciantes de metales preciosos
¿Qué dice el artículo 403?
Este artículo establece que los servidores públicos que destinen recursos del tesoro para beneficiar a explotadores y comerciantes de metales preciosos, con el fin de que declaren sobre el origen del mineral, incurren en penas severas. También aplica a quienes reciban estos recursos o declaren producción de metales a favor de municipios distintos al productor.
- Prohíbe el uso indebido de recursos del tesoro.
- Establece penas de prisión y multa para servidores públicos.
- Aplica a quienes reciben recursos con fines indebidos.
- Incluye inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.
- Busca garantizar la transparencia en la explotación de metales preciosos.
Ejemplos
- Un funcionario que otorga subsidios a una empresa minera a cambio de información falsa sobre el origen del mineral.
- Un alcalde que recibe dinero del tesoro para declarar producción de metales en su municipio, aunque no sea el productor.
Texto oficial del artículo 403
Artículo 403.Destino de recursos del tesoro para el estímulo o beneficio indebido de explotadores y comerciantes de metales preciosos. El servidor público que destine recursos del tesoro para estimular o beneficiar directamente o por interpuesta persona, a los explotadores y comerciantes de metales preciosos, con el objeto de que declaren sobre el origen o procedencia del mineral precioso, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses, en multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.
En la misma pena incurrirá el que reciba con el mismo propósito los recursos del tesoro, o quien declare producción de metales preciosos a favor de municipios distintos al productor.
NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un funcionario destina recursos del tesoro para beneficiar a comerciantes de metales preciosos?
El funcionario incurrirá en prisión de 32 a 90 meses, además de una multa y la inhabilitación para ejercer funciones públicas por 80 meses. Esto busca evitar el uso indebido de recursos públicos.
¿Quiénes más pueden ser sancionados bajo este artículo?
Además de los servidores públicos, también incurren en las mismas penas quienes reciban recursos del tesoro con el mismo propósito o quienes declaren producción de metales preciosos a favor de municipios distintos al productor.